El peligroso negocio de la fe

23 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

El peligroso negocio de la fe

alegatos Antonio Cuellar

La iglesia católica celebró la semana pasada el dogma más importante de la fe cristiana, la resurrección de Jesucristo, acto sobre el cual se ha edificado la religión que profesamos la gran mayoría de los mexicanos. Curiosamente, en este año la fecha ha coincidido con otra celebración que alrededor de su propia fe tienen los judíos y los musulmanes. El evento es emblemático, porque acontece en un momento de extraordinaria tensión en la relación geopolítica mundial, entre Rusia y los EEUU, en torno de la guerra en Siria y el fenómeno migratorio más importante de los últimos años, cuyo origen es religioso y ha producido una masacre que sólo podría ser comparable con la ocurrida durante la Segunda Guerra Mundial.

El tema de la libertad religiosa debería de constituir una prioridad mundial, y todo gobierno tendría que garantizar de manera efectiva que cada uno de sus súbditos pudiera creer, o no, en el dios que haya elegido, y participar en las actividades religiosas o eclesiásticas que más le convenza, pues se trata ante todo de convicciones que nacen en el fuero interno de las personas, sobre creencias y sentimientos que residen en la profundidad de su espíritu. En el caso de México, ese principio constituye un mandato constitucional que se funda en la laicidad de nuestra forma de gobierno.

Sin embargo, la verdad de las cosas es que la libertad religiosa no puede observarse con ligereza cuando se trata de la conformación de una organización eclesiástica, no puede aceptarse así ante la evidencia de los sucesos internacionales y la responsabilidad de gobernar y mantener en paz a un pueblo tan inmensamente religioso como terriblemente impreparado. Es una fórmula peligrosa que fácilmente puede llegar a explotar. Las peores calamidades de la historia de la humanidad han girado alrededor de la fe. Cuántos intereses ilícitos pueden esconderse atrás de la protección que la libertad religiosa le ofrece a las personas, frente al Estado.

La semana pasada, Rusia prohibió la presencia de los Testigos de Jehová, a los que califica de agrupación extremista y en contra de los cuales ha ordenado la incautación de sus bienes, como también la amenaza de encarcelar a quienes la profesen hasta por diez años. Cárcel por leer la Biblia y repartir folletos. Un exceso, quizá.

En México se viene observando el crecimiento desmesurado de múltiples organizaciones religiosas, o de agrupaciones que se jactan de serlo; desde individuos dedicados a la santería, o agrupaciones que adoran a la santa muerte, espiritismo y fe alrededor de Pancho Villa, que podríamos catalogar como nuevas creencias, hasta la intensificación de actividades de la comunidad musulmana y establecimiento de nuevas organizaciones cristianas, como las iglesias Metodista, la de la Luz del Mundo, la de Jesucristo de los Santos de los últimos Días, entre otras que podrían encontrar su origen en otras organizaciones eclesiásticas tradicionales.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público promulgada en 1992 reconoce personalidad jurídica a las organizaciones religiosas, y establece como requisito para su registro como tales, los siguientes: la acreditación de que se ocupa preponderantemente a la práctica e instrucción de una creencia religiosa; que haya realizado actividades religiosas en el territorio nacional por lo menos durante cinco años y que goza de arraigo entre la población; que aporta bienes suficientes para cumplir su objeto; que cuenta con sus propios estatutos y que reconoce las limitaciones que la Constitución le impone a los extranjeros y a las asociaciones religiosas para adquirir el dominio directo de inmuebles.

La misma Ley impone a las asociaciones religiosas registradas el deber legal de abstenerse de perseguir fines de lucro, de participar en actividades políticas o de respetar el culto y doctrina ajenas a su religión, y propiciar el diálogo, la tolerancia y la convivencia con otras religiones.

En teoría, con el marco jurídico que tenemos, todo debería de funcionar perfectamente, pero la posibilidad de que la fe de las personas las lleve a actuar irracionalmente ha dado lugar a eventos tan graves como los suicidios masivos que tuvieron lugar en Waco, Texas, el 19 de abril de 1993, el atentado contra las torres gemelas de Nueva York, o a la crisis mundial que hoy, justamente veinticuatro años después de que ocurriera el primero, estamos presenciando.

Una pregunta se debe tener presente ¿Qué sucede si una agrupación religiosa no obedece sus estatutos, si decide perseguir fines de lucro, participar en actividades políticas o no respetar la doctrina de las otras asociaciones? La Ley contempla las sanciones de apercibimiento, multa, la clausura temporal o definitiva del templo, la suspensión de sus derechos o la cancelación de su registro. ¿Serán acaso sanciones suficientes?, ¿Podrían ser consecuencias relevantes para una organización bien arraigada en la comunidad? La violación a la ley en ese sentido podría ser sumamente grave.

La importancia de los sucesos que acontecen en el extranjero nos debería de llevar a meditar, como sociedad y como gobierno, teniendo en cuenta nuestra propia historia y nuestra realidad educativa nacional, cuál es la visión que se debe tener en torno de la apertura y curso de las nuevas organizaciones de la fe. El adoctrinamiento de la feligresía en México puede constituir un fenómeno peligroso, que ponga en jaque la subsistencia misma del Estado. La legislación es laxa e insuficiente para reconocer y juzgar los fines mismos a los que cualquier agrupación que quiera dedicarse a propagar la “fe”, realmente tenga cuando inicia los trámites para obtener su registro oficial. Por la importancia que tiene el crecimiento del número de agrupaciones religiosas, el Estado debe asumir esta temática con la prioridad en el ámbito de la seguridad nacional que realmente tiene.