La reforma del Congreso

16 de Abril de 2024

Jose Luis Camacho
Jose Luis Camacho

La reforma del Congreso

jose luis camacho

Una vez resueltas las elecciones en las seis entidades federativas que se sometieron al escrutinio público el pasado 4 de junio, hay algunos analistas que insisten en la necesidad de que México contemple la segunda vuelta electoral en los casos que ninguno de los candidatos alcance más de 50% de los sufragios, como si ello garantizara el pleno acatamiento de los resultados y mayor legitimidad a los electos.

¿Qué diferencia habría entre obtener 35% de los votos ó 51%, más allá de los enormes costos que para el erario público tendría celebrar una doble elección? Ninguna, puesto que en una democracia tanta legitimidad tiene el que gana por un voto como por un millón. Se trata simple y llanamente de la mayoría. Se trata de un tema que ha distraído la atención pública a tres meses de que dé inicio el proceso electoral 2017-2018, a pesar de que la propia Constitución prohíbe realizar cambios trascendentales al marco electoral y que de hacerlo, constituiría una razón más que fundamentada para echar atrás todo el proceso electoral federal y por supuesto, el resultado que se obtenga el 1 de julio de 2018. Así la distracción pública, un tema fundamental que se tratará durante los siguientes meses en el Poder Legislativo Federal es el relativo a su propia reforma, la cual se hace necesaria de cara a la puesta en marcha de cambios fundamentales como la reelección consecutiva de diputados federales y senadores, el adelanto del inicio del primer periodo de sesiones ordinarias cuando dé inicio el mandato del Poder Ejecutivo Federal y la reglamentación de los gobiernos de coalición con mayorías legislativas son cambios que entrarán en vigor a partir de 2018. El tema de la reelección inmediata amerita un profundo análisis por parte de las y los señores legisladores federales, pues la forma en que operará a partir de la elección intermedia de 2021 aún no se concreta en la ley. Tanto diputados federales como senadores, podrán durar en su encargo hasta 12 años, pero la diferencia estriba en que el periodo de los senadores es de seis años, por lo que sólo podrán reelegirse una sola vez, mientras que el periodo de los diputados es de tres años, por lo que podrán reelegirse hasta en tres ocasiones. Dicha posibilidad representa un parteaguas en la historia legislativa de México, pues si bien en 1917 el Constituyente permitió la reelección inmediata, dieciséis años más tarde fue prohibido, regresando a nuestro ordenamiento constitucional un siglo más tarde. ¿Cómo decidirán los partidos políticos quién se reelige y quién no? ¿Pedirán licencia los legisladores que pretendan reelegirse? ¿Cómo garantizar piso parejo? ¿Cuánto tiempo durarán las legislaturas pares (cuando dé inicio el periodo del Poder Ejecutivo Federal) y las legislaturas nones? Se trata de preguntas que deberán ser respondidas en la reforma legislativa que está en ciernes. Al tiempo.

@jlcamachov