Chihuahua: Mujer muere por violencia obstétrica y CEDH no exige reparación integral del daño

24 de Abril de 2024

Chihuahua: Mujer muere por violencia obstétrica y CEDH no exige reparación integral del daño

La víctima de 19 años vivió durante un año con un desgarro de cuarto grado que fue indebidamente diagnosticado y tratado

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 28/2019 al gobernador de Chihuahua, Javier Corral, y al presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH), Néstor Armendáriz Loya, por no indagar correctamente un caso de violencia obstétrica que derivó en la muerte de una mujer y no exigir la reparación integral del daño.

La paciente de 19 años de edad ingresó en el Hospital de la Mujer en Ciudad Juárez el 26 de marzo de 2015 y el personal médico no otorgó a la víctima atención adecuada, omitió realizar un diagnóstico temprano y suministrar un tratamiento oportuno, lo que constituyó un acto de violencia obstétrica, constató la CNDH.

La víctima indicó que sentía contracciones, pero el personal le dijo “que el bebé no bajaba” y que regresara tres horas después, cuando la mujer volvió, y como resultado del trabajo de parto, nació una niña a quien se reportó con buen estado de salud, pero al solicitar información sobre la madre, una trabajadora social indicó que sufrió desgarro de cuarto grado.

Ella causó alta el 29 de marzo de 2015, pero el 19 de abril reportó un reingreso sobre el cual los médicos señalaron que el desgarro “no habían cerrado bien”, y presentaba infección vaginal que fue tratada con antibióticos.

Diez días después, durante una revisión, los médicos la reportaron como grave, por lo que su familia solicitó alta voluntaria para trasladarla a un hospital privado en el que fue diagnosticada con desgarro de cuarto grado infectado.

La familia se vio imposibilitada de cubrir los gastos por lo que la mujer fue trasladada al Hospital General de Chihuahua “Dr. Salvador Zubirán Anchondo”, en el que fue atendida en diversas ocasiones durante casi un año, y luego de varias complicaciones falleció el 14 de marzo de 2016.

La Comisión apuntó que el caso no fue debidamente investigado por la Fiscalía del estado y que el Ombudsperson local no exigió la debida reparación del daño.

CNDH estableció que la reparación estimada por el CEDH no garantizó la máxima protección de la víctima y víctimas indirectas, al no considerar la reparación integral con medidas de rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición.

Ante ello el organismo nacional solicitó al gobernador de Chihuahua que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare el daño a las víctimas indirectas, que incluya compensación suficiente, atención psicológica y tanatológica; se les inscriba en el Registro Estatal de Víctimas.

Al Presidente de la CEDH se le pidió emitir una circular a su personal para garantizar que se establezca la procedencia de la reparación del daño de manera específica y se realicen las investigaciones procedentes con la debida diligencia.

NR