CNDH interpone cuatro acciones de inconstitucionalidad por GN

18 de Abril de 2024

CNDH interpone cuatro acciones de inconstitucionalidad por GN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya admitió dos de las cuatro controversias

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuatro accione de inconstitucionalidad por algunos artículos de las recién aprobadas leyes de la Guardia Nacional.

Es decir, las leyes de la Guardia Nacional; sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detenciones, y del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Con los recursos, la CNDH busca que se esclarezcan las condiciones del actuar de la nueva corporación y que este se encuentre limitado y acotado.

“Para esta Comisión Nacional, las leyes impugnadas no regulan la totalidad de los elementos mínimos e indispensables que el texto de la Constitución estableció”, dice el comunicado del organismo.

CNDH considera que el Congreso de la Unión incurrió en diversas omisiones legislativas, respecto de las cuales la SCJN debe pronunciarse.

El supremo tribunal ya admitió dos de las cuatro controversias.

Cuatro puntos que preocupan a la CNDH

Los puntos específicos sobre los que se asienta la polémica son que no existe claridad en:

La facultad para detener a los particulares, solicitarles información, intervenir sus comunicaciones privadas y localizar su posición geográfica en tiempo real, sin que exista denuncia alguna.

Inspeccionar y vigilar la entrada y salida de personas en el país, así como verificar si los extranjeros que residen en el territorio cumplen con las obligaciones que establece la Ley de Migración.

Esto porque, de acuerdo a la CDNH, se transgreden los derechos de libertad de tránsito, seguridad personal, a la intimidad, de protección de datos personales, así como la prohibición de injerencias arbitrarias.

La posibilidad de la utilización de armas, incluso letales, contra quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas, pues vulneran los derechos fundamentales de libertad de expresión y libertad de reunión.

La reserva absoluta, previa, permanente e indeterminada que toda la información, ya que se estaría restringiendo el acceso a la información y estableciendo una prohibición expresa para su acceso al público, independientemente de su contenido o naturaleza.

NR

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