CNDH impugna ante la Corte la 'Ley chayote'

25 de Abril de 2024

CNDH impugna ante la Corte la ‘Ley chayote’

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Luis Raul González Pérez. Foto: @CNDH

También presenta inconstitucionalidad a la modificación al artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, por considerar que pone en riesgo libertades sexuales y reproductivas; señala que no hay "reglas claras" para la contratación de propaganda oficial

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la Ley General de Comunicación Social, mejor conocida como “Ley chayote” por la sociedad civil. Para el órgano que preside el ombudsman Luis Raúl González Pérez, la Comisión señala que dicha ley, aprobada el 25 de abril, representa un riesgo para el derecho a la libertad de expresión, en una dimensión colectiva, al no establecer “reglas claras” para la contratación de la publicidad oficial. En un comunicado, el máximo organismo defensor de los derechos humanos la señala también como un riesgo para el derecho de acceso a la información plural, pues la ausencia de tales reglas genera efectos silenciadores y disuasivos en algunos medios de comunicación.

(La ley) no regula con suficiencia la materia de publicidad oficial y, por tanto, no se garantiza que el gasto en ese renglón cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, en un marco de igualdad y no discriminación, como lo prevé el texto constitucional”, añade.

Agrega que con esta nueva ley, persiste el riesgo de arbitrariedad en la distribución de la publicidad oficial, pues se delega en autoridades administrativas el establecimiento de criterios de selección. La CNDH explica que la intención de presentar la acción de inconstitucionalidad tiene como objetivo que la asignación de publicidad oficial esté regulada de forma clara, puntual y objetiva.

Evitando la distribución arbitraria de la misma como mecanismo de censura indirecta del derecho a la libertad de expresión”, agregó.

También se pronunció contra la adhesión sobre objeción de conciencia a la Ley General de Salud. En cuanto a esta, la CNDH considera que la modificación al artículo 10 Bis “abre la posibilidad a que se afecten derechos fundamentales como la salud, integridad personal, seguridad jurídica, a la vida, libertades sexuales y reproductivas, derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de los hijos, y derecho al libre desarrollo de la personalidad”. La CNDH reiteró que “no se opone en forma alguna a una regulación del ejercicio de la objeción de conciencia”, pero ésta debe de respetar los derechos humanos.