El incontenible progreso del entretenimiento de paga

25 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

El incontenible progreso del entretenimiento de paga

ANTONIO CUELLAR

De la mano de la inagotable agenda de los derechos humanos, llegó el inherente a la información, que le permite a todo individuo tener la prerrogativa y el privilegio originario a ser y estar adecuadamente informado de todo lo que sucede todo el tiempo, particularmente con relación a la intrincada vinculación que tiene con sus gobernantes. Esta complejidad del conocimiento lleva a las personas a convertirse en buscadores incansables de contenido, y dentro de las plataformas existentes, a la más inmediata, por su accesibilidad y gratuidad, al de la televisión.

Existe una crítica añeja que se plantea en contra de las dos televisoras privadas, Televisa y TVAzteca, por su carácter hegemónico en el mercado de la televisión abierta, al ser las tenedoras de la mayoría de las concesiones para la operación de la televisión comercial del país. Se ha dicho que acaparan la voz cuando se trata de la actividad vinculada con la información noticiosa. Esa circunstancia produce dos efectos: el reclamo para que existan más competidores, y el fenómeno reflejo de perseguir una plataforma de contenido más plural e imparcial a través de la televisión de paga.

Según lo dijimos en este mismo espacio la semana pasada, ha correspondido al IFT decidir lo conducente a la continuidad de las acciones que derivan de la declaratoria de preponderancia en contra de algunos agentes económicos en el ámbito de las telecomunicaciones y de la radiodifusión. En las mismas condiciones se ha pronunciado sobre la preponderancia en el campo de la televisión de paga.

El tema es complicado, porque los aspectos técnicos inmersos en la resolución del conflicto no son pocos y son difíciles de entender, por el delgado grosor de la línea que divide los dos mercados a los que nos referimos. A pesar de que el entretenimiento que observa el espectador en el aparato receptor sea idéntico, la ingeniería financiera detrás de la industria que lo produce es muy distinta cuando se trata de distinguir entre televisión abierta y la televisión de paga. La gran interrogante tiene que ver con la manera en que el regulador pudiera actuar para fomentar una actividad económica competitiva, en la que a su vez se respete la función social de la radiodifusión y las telecomunicaciones en el campo del derecho a la información que a cada una corresponde.

La televisión abierta es una actividad de radiodifusión, y su viabilidad financiera está unida a la calidad y cantidad de anunciantes que se interesen en promover sus productos y patrocinar un programa, de acuerdo con el auditorio que la ve en un momento dado. No hay más fuentes de financiamiento para la televisión abierta que la publicidad misma. Si bien es cierto que dicha actividad económica debe entenderse inserta en el marco de una concesión que expide el Estado, la conveniencia de que exista un número mayor de concesionarios obedece a la función social que a ésta se encuentra asignada, amén de que no puede existir un monopolio de una actividad concesionada, si el derecho primario para prestar el servicio lo constituye la explotación de un bien cuyo aprovechamiento se encuentra controlado.

La televisión restringida es un servicio de telecomunicación, esencialmente del mismo tipo que la televisión abierta, pero su fuente de financiamiento medular está relacionada con el número de suscriptores que paga por su instalación, que es a través de un acometido que proviene de una red física o la instalación de una antena especial para la recepción del servicio. Es también una actividad concesionada, pero el mercado al que pertenece es distinto del anterior, pues compite en contra de todos los otros medios de entretenimiento de paga que proporcionan al usuario una satisfacción similar: el de la recepción de audio y video asociados por demanda.

La limitación de las fuentes de sostenimiento y la identificación de los posibles competidores de los concesionarios de televisión, en sus dos versiones, son los factores que determinan el desarrollo y evolución del mercado, y de su propio futuro.

Si se debiera valorar la preponderancia de la televisión abierta, lógico sería que se ponderara el número de agentes contra quienes los concesionarios compiten en el mercado de la publicidad, como la que ofrecen el radio, las revistas, los espectaculares, los sitios de Internet o, en formatos más avanzados, la publicidad inteligente que ostentan nuevas aplicaciones, como Waze. Para efectos económicos, y no de su función social, sería insuficiente ponderar las condiciones existentes en el ámbito de la distribución de concesiones para la explotación de las frecuencias del espectro.

En la identificación del mercado relevante de las telecomunicaciones, entre las que se encuentra la televisión restringida, no puede soslayarse el papel cada vez más presente que vienen ocupando los servicios de descarga de contenido en Internet, que se aprecian y disfrutan en los mismos aparatos de televisión que ocupan los medios de televisión tradicional (abierta y restringida), como son los que ofrecen empresas como Netflix o Claro TV.

Se cuestiona en estos días la resolución adoptada por el IFT alrededor del mercado de la televisión de paga, y se insiste en la necesidad de que existan mayores competidores, pero en ese discurso se soslaya el papel creciente que ya vienen desempeñando los proveedores de Internet, como competidores evidentes de los sistemas de televisión restringida, y el espacio que estos mismos empiezan a ocupar en el mercado de la provisión del servicio de Internet. A la postre, bien puede apreciarse cómo es que, este incontenible crecimiento del entretenimiento de paga, se perfecciona en mérito de la convergencia tecnológica como un nuevo mercado en el que, por la cantidad de proveedores que compiten entre sí, debe catalogarse como un ámbito económico abierto y con condiciones de competencia efectiva nada reprochables. La reforma de las telecomunicaciones funciona y va de la mano con nuestra realidad.