Las 19 omisiones para condecorar a Kushner

18 de Abril de 2024

Las 19 omisiones para condecorar a Kushner

El Consejo de Premiación y el Jurado dictaminador jamás se conformaron, como lo dispone la Ley de Premios, señala la demanda de amparo que busca invalidar la presea otorgada al yerno de Trump

jcrodriguez@ejecentral.com

Para que Jared Kushner, asesor y yerno del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, pudiera recibir la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, el gobierno federal incurrió en al menos 19 ilegalidades, refiere la demanda de amparo promovida por una asociación civil y admitida esta semana por un tribunal colegiado.

Las anomalías van desde la no instalación del Consejo de Premiación y la no integración del Jurado calificador que exige la Ley de Premios, hasta la inexistencia de la firma del presidente Enrique Peña Nieto en el dictamen que avala oficialmente la condecoración.

En vista de que ni Peña Nieto ni el canciller Luis Videgaray están en el cargo, corresponde al presidente Andrés Manuel López Obrador y al secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, responder a una demanda interpuesta en diciembre pasado en el Tercer Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Primer Circuito, la cual exigen que el Gobierno declare sin efecto la distinción que Peña Nieto entregó al yerno del presidente Trump el 30 de noviembre de 2018, último día de su mandato.

De acuerdo con la demanda promovida por el abogado Carlos Enrique Odriozola Mariscal, presidente de la asociación civil Centro contra la Discriminación (Cecodi), Jared Kushner “jamás ha tenido una conducta o trayectoria vital singularmente ejemplar, jamás ha realizado actos u obras valiosas o relevantes en beneficio de la humanidad, de México o de cualquier persona, y jamás ha prestado servicios prominentes a la Nación mexicana o la humanidad”, por lo que no hay sustento legal para haberle entregado la condecoración, cómo lo marca el artículo 89 constitucional.

La condecoración a Kushner se le entregó en su calidad de asesor del presidente de Estados Unidos, “siendo que desde esa oficina se ha discriminado en forma pública y notoria a los migrantes mexicanos, de donde es claro que el otorgamiento de dicha condecoración es contraria al espíritu constitucional y el derecho fundamental de igualdad y no discriminación, de tal forma que las autoridades responsables omitieron observar el artículo 1o Constitucional”, señala la Cecodi en su alegato.

El artículo 40 de la Ley de Premios establece que la condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca se otorgará durante las visitas de Estado u oficiales que se programen entre los países de la comunidad internacional, cuando se acuerden intercambios de condecoraciones entre los jefes de Estado, jefes de Gobierno o primeros ministros.

El presidente Peña Nieto entregó la condecoración el 30 de noviembre de 2018 durante un acto protocolario en el marco de la cumbre G-20 que se llevó a cabo en Buenos Aires, Argentina. Dicho acto no está señalado en el ordenamiento legal.

Asimismo, el artículo 41 de la Ley de Premios refiere que la condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca se otorgará en los grados de banda a ministros o secretarios de Estado, miembros de familias reales, embajadores o cargos equivalentes. No obstante, Kushner no tiene ninguno de los cargos especificados en la ley.

El pasado 18 de febrero, el juez noveno de distrito en Materia Administrativa admitió el amparo y fijó el 22 de marzo de 2019 como fecha para emitir un primer veredicto. En caso de ser favorable para los demandantes, el gobierno de López Obrador tendrá que declarar inválida la condecoración al yerno del presidente Trump. Pero en el supuesto de que los demandantes tengan un fallo adverso, podrán apelar y presentar nuevas pruebas, entre ellas la posible comparecencia de Luis Videgaray, exsecretario de Relaciones Exteriores y amigo personal de Kushner.