Negar Tanhuato

19 de Abril de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

Negar Tanhuato

La CNDH ha documentado con precisión la magnitud y alcance de las violaciones a los derechos humanos en Tanhuato. Si el informe de la CNDH es muy grave, la respuesta oficial es perturbadora, por decir lo menos. En forma casi simultánea a la conferencia del Ombudsman, Renato Sales fijaba la posición oficial. Mientras un lado detallaba actos contrarios a cualquier definición elemental de lo que es un Estado de derecho, el otro se reafirmaba un compromiso abstracto con la legalidad y el respeto a los derechos humanos. La negación de las acusaciones como estrategia de comunicación, la minimización de los hechos como autojustificación.

El gobierno aceptó la recomendación emitida por la CNDH, lo cual es confuso cuando al mismo tiempo afirma que la conducta de las fuerzas federales fue “absolutamente racional ante un escenario hostil” y, desde su perspectiva, no consideran se “configure la hipótesis de ejecuciones arbitrarias”. Si las autoridades rechazan las acusaciones ¿qué es entonces lo que aceptan?

Muy delicada es la defensa de la noción de “legítima defensa”. No tengo duda que las fuerzas federales enfrentaban un escenario hostil y a un grupo criminal con gran capacidad de fuego. Sin embargo, también es claro que actos como sembrar armas o alterar la escena del crimen no son legítima defensa. Las contradicciones, incoherencias y medias verdades a las que han recurrido las autoridades para explicar los hechos en diversos momentos, tal como ha ocurrido en Ayotzinapa, Tlatlaya o Nochixtlán, dificulta aceptar la legítima defensa que como argumentan las autoridades.

En uno de los momentos más penosos de la conferencia, Renato Sales dicta cátedra sobre la pena de muerte y señala que como en México está prohibida y no hay ejecuciones ordinarias o legales, “luego entonces, creo que si bien se maneja en la literatura de derechos humanos internacional el término ejecución arbitraria, sumaria o internacional, en nuestro país, hay que recordar, está absolutamente prohibida la pena de muerte”. Para nuestras autoridades no hay ejecuciones extrajudiciales simplemente porque en México está prohibida la pena de muerte y si la ley dice que no hay, pues entonces no hay. ¿Será que la realidad imita las ficciones de la “literatura de derechos humanos internacional”?

Preocupación generalizada, como lo han expresado ya diversos analistas, es el señalamiento sobre la ausencia de un “marco normativo adecuado a la realidad de nuestro país en materia del uso de la fuerza”. ¿Realmente piensan que las “interpretaciones diversas” y las “posiciones encontradas” con organismos defensores de derechos humanos, es resultado de las carencias del marco normativo sobre el uso de la fuerza? ¿Nos están diciendo que las fuerzas del orden carecen de protocolos adecuados para el uso de la fuerza? ¿Está afirmando Sales que para enfrentar al crimen organizado se requiere un marco normativo en el cual prácticas como la tortura o la ejecución extrajudicial sean legales?

En Tanhuato el gobierno es nuevamente víctima de sus propios errores e inconsistencias. El discurso errático y contradictorio, que reiteradamente niega la realidad, sigue minando la credibilidad de nuestras instituciones. Esta lógica contribuye a erosionar principios del Estado de derecho y el valor de los derechos humanos, pero lo más peligroso e irresponsable, es que se promueve la idea de que los derechos humanos estorban para enfrentar a las organizaciones criminales.

Twitter: ja_leclercq