Oceanografía podrá capitalizarse

19 de Abril de 2024

Oceanografía podrá capitalizarse

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EJECENTRAL

Convenio evitará la quiebra de la empresa y ordena se levante el aseguramiento de PGR

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MARÍA IDALIA GÓMEZ | @Gosimai

Después de 21 meses de litigio, el juez Tercero de Distrito Civil aprobó el convenio que permite reestructurar la deuda de Oceanografía y da por terminado su proceso mercantil. En la sentencia se establece la participación de nuevos inversionistas en un plazo de 60 días; el levantamiento del aseguramiento en mes y medio por parte de PGR y el SAE, incluyendo todos sus barcos, y la revocación de la inhabilitación de la empresa para firmar contratos con entidades públicas como PEMEX.

En cualquier momento se convocará a una reunión para comenzar a implementar la reestructuración que permitirá operar nuevamente a Oceanografía.

Felipe Consuelo Soto, titular del juzgado, notificó este miércoles a todas las partes la sentencia de reconocimiento, dentro del expediente 265/2014, en el que se establece el convenio que fue firmado por más del 50% de los poseedores de la deuda, que el año pasado fue valuada en 14 mil millones de pesos, quienes aceptaron el plan de negocios de la empresa, que incluyó el conciliador del concurso, José Antonio de Anda Turati, y que fue presentado el pasado 4 de enero.

El fallo obliga a cumplir el acuerdo a Oceanografía y a todos los acreedores y se constituirá como “el único documento que rija las obligaciones a cargo de la concursada con respecto a los créditos reconocidos”.

El juez rechazó el veto al convenio que plantearon Banamex, la naviera Otto Candies, Caterpillar, el IMSS y Pemex, porque no suman el porcentaje requerido para invalidar el acuerdo.

Detalles para comenzar

En la resolución se ordena que a partir de la fecha de cierre del proceso mercantil se integre un Consejo de Administración, el cual deberá hacer un análisis de la planta laboral de Oceanografía, para definir la nueva estructura laboral y capacidad requerida para implementar el plan de negocios y las operaciones de la flota.

El convenio establece que se usará el esquema de financiamiento de emergencia, para conservar a la empresa y darle viabilidad, y así pueda tener la capacidad para realizar pagos a los acreedores y proporcionar los flujos suficientes para sostener las inversiones en bienes de capitales y la mano de obra. Aunque no se menciona el monto, el año pasado en que se firmó el primer convenio que no entró en vigor porque fue impugnado, se establecía que se requerían 76 millones de dólares para operar el rescate y que deberá aportar los nuevos inversionistas.

Como condiciones para la operación, se establece en el convenio, se deberá hacer uso de la flota de barcos que le pertenecen a Oceanografía, por lo que al quedar sujeto al fondeo bajo el financiamiento de emergencia “todas y cada una de las embarcaciones que se establecen en la Flota deberán de ser puestos nuevamente en funcionamiento, durante los siguientes tres meses o lo antes posible, según lo convengan los nuevos inversionistas con los contratistas correspondientes.

“También se dispuso que todas aquellas embarcaciones que no formen parte de la Flota deberán de ser entregados a sus titulares actuales, mediante actas de entrega y finiquitos recíprocos, para lo cual se deberá de liberar y dar pleno finiquito a la comerciante y a los acreedores reconocidos participantes a plena satisfacción de los nuevos inversionistas”.

La sentencia señala que la forma en que se podrá conservar en operación y mantener la viabilidad y liquidez de Oceanografía y su subsidiaria será mediante la instrumentación de las operaciones que incluye “mantener los derechos y contratos sobre la flota, siempre y cuando se emita la orden del levantamiento sobre el aseguramiento de la comerciante, así como la terminación y revocación inmediata de la inhabilitación para celebrar contratos con entidades y unidades federativas, para que se le permita celebrar nuevos acuerdos, contratos y/o convenios con las agencias gubernamentales mexicanas, dentro de los siguientes cuarenta y cinco días hábiles a partir de la celebración del presente convenio Concursal”

Otras de las condiciones es que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la Procuraduría General de la República (PGR) “entreguen la administración de la compañía en favor de los nuevos inversionistas o del grupo de administración designado por los nuevos inversionistas, dentro de los siguientes sesenta días hábiles a partir de la celebración del presente convenio concursal”.

Se ordena también que Oceanografía deberá llevar a cabo “los acuerdos, contratos y/o convenios sobre la prórroga y/o renovación, según corresponda, sobre ciertos contratos de servicio que tiene celebrados con Pemex Exploración y Producción, según se acuerde con dicha empresa del estado, dentro de los siguientes sesenta días hábiles a partir de la celebración del presente Convenio Concursal.

También se establece que todos y cada uno de los créditos o multas, ya sean de carácter contractual o administrativo, que haya levantado Pemex Exploración y Producción en contra de Oceanografía, sean completamente extinguidas y canceladas o reestructuradas dentro de los siguientes sesenta días hábiles a partir de la celebración del presente convenio concursal.

En caso de que esas condiciones no ocurran en los plazos establecidos se podrá solicitar al juez “que emita ciertas providencias precautorias con la finalidad de que se salvaguarden los derechos de los acreedores reconocidos en el concurso mercantil”.

El juez subrayó en su sentencia que Oceanografía es una empresa productiva importante al ser fuente de trabajo y “por los efectos financieros que conlleva en el orden económico nacional” y añadió:

“Si actúa de buena fe junto con los acreedores al proponer un convenio que cumpla con las normas aplicables, deberá ser preservada en lo posible, toda vez que resultará mucho más conveniente para todos los interesados en el concurso, que la empresa como tal, continúe funcionando ya saneada, a que se declare en quiebra con los resultados negativos de desaparecer para siempre, con la consecuente afectación; además, de los trabajadores que habrán de quedarse sin empleo, así como de las fuentes de trabajo que de manera indirecta se generan con el funcionamiento de la comerciante sujeta a este procedimiento, aspectos que indudablemente afectan el entorno social, político y económico vinculado a la empresa concursada”

Puntos complementarios:

- En el convenio los acreedores definieron pagar, en 24 meses, al Instituto Mexicano del Seguro Social, según se acuerde con las autoridades fiscales, un 40% del monto reconocido. - Los acreedores con garantías reales hipotecarias y reales prendarias recibirán su pago primero el 60%, una vez que el Financiamiento de Emergencia sea completamente cubierto, mediante amortizaciones mensuales iguales durante 8 años, a una tasa anual del 7%, y el 40% restante será convertido en acciones representativas del capital social de Oceanografía. - En el caso de los acreedores comunes, los firmantes del convenio establecieron que será pagado en primer lugar el 40% del monto reconocido, una vez que el Financiamiento de Emergencia sea completamente cubierto, mediante amortizaciones mensuales iguales, durante 8 años y después el 60% restante será convertido en acciones representativas del capital social de la empresa. En cuanto a los acreedores subordinados, se convino no realizar pagos por este concepto, por lo que dichos pagos serán extinguidos y cancelados.