Profepa omite investigar muerte de ballenato “Costalito de sal”
A pesar de existir un alto nivel de riesgo de contaminación en las aguas que visitan los cetáceos en Laguna Ojo de Liebre, la Procuraduría no indagó las causas del fallecimiento de la cría, debido a que no le tomó muestras clínicas, argumentando su “avanzado estado de descomposición”
Sobre la Laguna Ojo de Liebre, en Baja California Sur, zona de refugio de ballenas y ballenatos, aún persiste la duda si es o no un cuerpo de agua contaminado por el derrame de salmuera, a causa de la extracción de sal por parte de la empresa estatal Exportadora de Sal y la firma japonesa Mitsubishi.
Esta omisión es responsabilidad de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que a pesar de estar obligada por la ley a seguir un protocolo de investigación, no lo hizo. Y es que el 20 de febrero de 2017 detectó en dicha laguna una cría albina de ballena gris que fue bautizada como Costalito de Sal, pero 24 días más tarde, el 16 de marzo de 2017, halló varado su cuerpo a un costado de la boca de la laguna Ojo de Liebre. La razón de su muerte es una incógnita. Hecho que sumó 29 ballenas grises fallecidas durante ese año.
El 19 de marzo de 2017, la Profepa informó que luego de verificar los vasos de concentración de la salmuera acumulada por Exportadora de Sal determinó que no hubo derrame alguno del producto hacia la laguna Ojo de Liebre, por lo que los 29 ejemplares de ballena gris muertos —entre ellos Costalito de Sal— se encontraban dentro de los límites naturales de mortalidad de dicha especie, ya que en 2016 se registraron 47 y en 2015, 53.
›ejecentral solicitó a la Profepa los resultados de la toma de muestras que, de acuerdo al Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos, establece en su artículo 44 que la Procuraduría identificará las causas del incidente por medio de una necropsia o colecta de muestras de tejidos.
Sin embargo, la dependencia respondió que no realizó ninguna toma de muestras ante el “avanzado estado de descomposición” del ballenato albino. “Se solicitó a la delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el estado de Baja California Sur, misma que ha manifestado a esta Unidad de Transparencia que no llevó a cabo las muestras al cuerpo del ballenato, referido en su solicitud, debido a que cuando fue encontrado por el personal actuante éste presentaba un avanzado estado de descomposición”, especificó la Procuraduría.
El pasado 23 de marzo, en su edición 43, este periódico dio a conocer que incluso la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) inició una investigación por el posible daño ecológico provocado en la laguna Ojo de Liebre y en el desierto del Vizcaíno, por el derrame de salmuera, excedente que se genera por la extracción de sal que realiza Exportadora de Sal y Mitsubishi, que han centrado sus operaciones en los beneficios económicos al corporativo japonés, que obtiene más de mil millones de dólares anuales, y sin el cuidado del medio.
De acuerdo con la investigación realizada desde 1996 la salmuera fue acumulada en una superficie de 2 mil 500 hectáreas en vasos de almacenamiento, aunque en sesión del Consejo de Administración de junio de 2015 la empresa de participación estatal reconoció que ya contaba con más de 4 mil hectáreas donde se ha concentrado el residuo, y que según versiones de trabajadores de la zona, podría desbordarse con las lluvias, lo cual generaría un ecocidio en la zona.
Pese a los riesgos que existen, las autoridades ambientales perdieron la oportunidad de investigar las causas de la muerte del ballenato albino Costalito de Sal y del estado de salud que guardan los demás cetáceos que acuden año con año a la zona de refugio ubicada en Baja California Sur.
Los pasos de una investigación
El protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos establece en sus artículos 55 al 59 que los ejemplares sin vida deben ser estudiados para detectar sus posibles causas de muerte con la finalidad de contar con información del estado de salud de las poblaciones de mamíferos marinos y, en consecuencia, mejorar las posibilidades de supervivencia de futuros animales varados.
La toma de muestras en ejemplares muertos tendrá que realizarse por personal capacitado que determinará el momento propicio para la toma de medidas morfométricas, la valoración de la condición corporal o la toma de muestras de órganos y la encargada de ello es la Profepa.
Aunado a ello, el artículo 44 en su inciso e) determina que la Profepa tiene la facultad de “evaluar la posibilidad de realizar una necropsia y colecta de muestra de tejidos y órganos para estudios de laboratorio, de acuerdo con el estado de conservación del animal (artículo 20, fracción IV), presencia de personal capacitado o especialistas y material necesarios para la toma de muestras y su conservación”.
En tanto que el artículo 20, fracción IV, establece que los varamientos pueden incluir animales desorientados, heridos, enfermos, crías sin cuidados maternos o víctimas de causas antropogénicas o naturales y se clasifican –en la fracción mencionada señala los estados de conservación en los que se puede encontrar a los individuos varados— en animales con “primeros signos de descomposición”, “con descomposición” y en “descomposición avanzada”.
›Sobre los animales en descomposición avanzada describe que en sus cuerpos “la piel se ha perdido casi totalmente, puede haber exposición de vísceras por la acumulación interna de gases y huellas de la acción de organismos carroñeros”. Sin embargo, el artículo de la ley no determina que la “descomposición avanzada” no amerite la toma de muestras o sea un impedimento para hacerlo.
Ante ello este periódico interpuso el recurso de revisión RRA 3053/18 ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), pero el Instituto determinó confirmar la respuesta dada por la Profepa respecto a que no cuenta con información sobre las causas de la muerte de Costalito de Sal.
Del análisis realizado se concluye que el agravio (…) resulta infundado derivado de que el sujeto obligado efectuó la búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada en la unidad administrativa competente, quien comunicó que no cuenta con la información porque no tomó muestras al mamífero”, concluyó el INAI.
Además ejecentral buscó a la Unesco en México para solicitar información respecto a la investigación que inició por el posible daño ambiental a la laguna Ojo de Liebre y al desierto del Vizcaíno, pero hasta la publicación de este trabajo no se obtuvo respuesta, tan sólo un folio que señala que la entrevista fue tramitada.