Sin procurador, fiscales ni justicia

23 de Abril de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

Sin procurador, fiscales ni justicia

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La destitución de Santiago Nieto de FEPADE es una grotesca comedia en la que la impunidad es protagonista. Primero observamos a un fiscal recurriendo a los medios de comunicación para acusar presiones indebidas de Emilio Lozoya Austin, violando posiblemente la reserva de una investigación en curso. Después la PGR, una institución desmantelada, desacreditada y encabezada por un responsable del despacho, destituye al fiscal acusándolo de transgredir el código de ética de la institución, sin precisar las faltas a las que refieren. Independientemente de que las autoridades puedan justificar dicha transgresión, luego del manejo de las irregularidades de Tomás Zerón en el caso Ayotzinapa, nadie en su sano juicio pensaría que a la PGR le importan mucho el respeto un código de ética o la ética misma. Simple y sencillamente el caso apesta a Odebrecht. La posibilidad de que el fiscal especializado en delitos electorales actúe con seriedad resulta un riesgo demasiado alto cuando las acusaciones comienzan a dirigirse peligrosamente a la campaña presidencial de Enrique Peña Nieto. Luego de la presión de organizaciones y ciudadanos en redes sociales, legisladores y líderes opositores han manifestado su indignación y señalan la importancia de que el Senado revierta la destitución. En el proceso, los legisladores evaden que tres años y medio después de que la reforma política fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, no están listas las leyes secundarias y, por lo mismo, no se ha dado la declaración de autonomía de la Fiscalía General. ¿Puede objetar el Senado la destitución? El apartado A del artículo 102 constitucional señala que el Fiscal general puede nombrar a los titulares de las fiscalías especializadas, pero que el Senado puede objetar nombramiento y remoción con voto de dos terceras partes. El transitorio 16 de la reforma señala que esto entrará en vigor cuando el Congreso emita expresamente la declaratoria de la autonomía constitucional y se hayan creado las leyes secundarias necesarias para su funcionamiento. Pero el transitorio 18 precisa que, en tanto esto ocurra, corresponde al Senado nombrar a los fiscales especializados, al Presidente objetar el nombramiento y al Procurador removerlo libremente de su encargo, aunque con la posibilidad de que el senado objete por mayoría dentro de los diez días hábiles posteriores a la destitución. Santiago Nieto fue nombrado fiscal especial para delitos electorales en febrero de 2015, con el apoyo de todas las bancadas (95 votos a favor, una abstención), y si bien el Procurador puede destituirlo, el Senado tiene derecho a objetar. Enfrentamos una profunda crisis en la procuración de justicia y ni el Ejecutivo ni el Legislativo han sido capaces de avanzar en la creación de una fiscalía autónoma. La destitución de Santiago Nieto es una arbitrariedad de un gobierno que requiere impunidad, pero lo verdaderamente grave es que con sus decisiones y omisiones, los actores políticos en su conjunto siguen negando a los ciudadanos el derecho de acceder en forma más efectiva a la justicia. Y lo que es peor, cada uno pensando en su agenda personal, Peña Nieto y López Obrador quieren llevar el nombramiento del Fiscal después de las elecciones de 2018. Cuánto déficit de responsabilidad política.