Gasto federalizado, su fiscalización

20 de Abril de 2024

David Colmenares

Gasto federalizado, su fiscalización

david colmenares

Existen en el mundo estados federales y unitarios o centrales, los primeros son pocos, pero son los más grandes en territorio y población, como Estados Unidos Rusia o Brasil. México por lo menos constitucionalmente es un estado federal y la historia de nuestro País ha sido una lucha constante entre las dos tendencias. A fines de los setenta existía una tendencia a la dispersión, estábamos llenos de convenios entre las entidades federativas y las dependencias federales, había una jungla fiscal en el caso de los impuestos al consumo no existía una política fiscal nacional. Por otra parte existía la doble tributación, la recaudación era ineficiente, por ejemplo era muy fácil que un contribuyente cambiando su domicilio fiscal evadiese los intentos fiscalizadores federal y estatales.

En 1980 se crean la Ley de Coordinación Fiscal y al Sistema correspondiente, al que se adhieren todos los estados en 1980, excepto el DF, con ello se eliminan cientos de impuestos estatales y federales al consumo, desaparece el ISIM y se crea el IVA.

El porcentaje participable era muy bajo, aun hoy esta alrededor del 25 por ciento. Las mismas son ingresos propios, que se suman a la recaudación de los impuestitos que les quedan a las entidades federativas. Algunos lo hacen bien, la mayoría mal, lo he comentado, prefieren “gestionar” que recaudar.

La CONAGO nace fundamentalmente por sus preocupaciones en materia fiscal, la coordinación fiscal se fortaleció y a los estados, municipios y al propio gobierno federal, les fue muy bien, se crea la Ley de Responsabilidad Hacendaria, se les pagaron excedentes petroleros, un equivalente anual a un mes de participaciones, además de que cobraban bien el impuesto a la tenencia, con recaudación equivalente a otro mes. Se convoca a la primera Convención Nacional Hacendaria en 2004, quince años después habrá que convocar a la segunda.

Para revisar porque en los últimos años se han acentuado las tendencias centralistas, por ejemplo, con la reducción de facultades a los congresos locales, y en muchas leyes que tienen sentido pero que a su vez tienden a consolidar un modelo centralizado, con un discurso federalista, quitando facultades a los sobre todo a los congresos locales.

La concentración de facultades impositivas, en el orden central, limita las posibilidades de que los otros dos recauden más. Cierto hay estados y municipios a los que no les interesa recaudar, que desperdician potestades relevantes como la tenencia o los llenan de “hoyos fiscales”, como en el impuesto a la nómina.

En virtud de que en 2018 es casi imposible se puedan realizar cambios importantes en materia fiscal, como revisar nuestra estructura tributaria, para revisar el peso de los impuestos indirectos y reducir la carga tributaria a la inversión, pero sobre todo la distribución de competencias entre órdenes de gobierno Repensar la actual Ley de Coordinación Fiscal para transforma en una Ley de Coordinación Hacendaria o de ingreso gasto, y se pueda concertar darle rango constitucional a la coordinación intergubernamental.

Lograr que las transferencias no condicionadas cumplan con el espíritu del origen de la coordinación fiscal, reducir su peso en favor de las de libre disposición y regresarles facultades con poder recaudatorio.

Por el lado de la fiscalización, aun antes de que la ASF fiscalizara las participaciones, lo que está haciendo hoy, el 70 por ciento de las revisiones de la misma se concentran en las auditorías al gasto federalizado, cuyo peso presupuestal, es más reducido que el del poder central. Por otro sigue dándose la recurrencia de las observaciones, se repiten por años y se concentran en cuatro o cinco rubros por fondo o subsidio. Aunque es otro tema valdría la pena revisar en el futuro la metodología, para mejorar los resultados, no solo con reintegros, sino con sanciones más eficaces.

brunodavidpau@yahoo.com.mx