Todo capitalino tiene derecho a tramitar la licencia de cambio de uso de suelo

19 de Abril de 2024

Todo capitalino tiene derecho a tramitar la licencia de cambio de uso de suelo

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales del GCDMX detalla el procedimiento para gestionar el cambio de uso de suelo con base en el artículo 41 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y el Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones de los Programas de Desarrollo Urbano.

El precepto señala que cualquier particular puede solicitar la modificación del uso de suelo a través de un mecanismo establecido en el Reglamento.

El interesado debe acudir a la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) con el formato debidamente llenado, disponible en la página de Internet de la dependencia www.seduvi.df.gob.mx

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos: constancia de número oficial, certificado de modificación de uso de suelo, memoria técnica de lo que va a modificar, copias de las escrituras inscritas, estudio técnico urbano, entre otros, para la debida integración del expediente.

Éste consta de dos carpetas, una legal y otra técnica, que se entrega con sus anexos al Comité. La Seduvi revisa que cumpla con lo establecido, de lo contrario avisa al particular sobre lo que falta por integrar.

Se publica un aviso de consulta pública, a través de una manta técnica que se expone durante 15 días a los vecinos para su conocimiento y, en su caso formulen observaciones a la Seduvi. El particular deberá comprobar que la manta fue exhibida en el domicilio en cuestión con fotografías o video.

Corridos estos acto se da trámite para ingresar la solicitud al Comité Técnico de Modificaciones de los Programas de Desarrollo Urbano –que integran 14 dependencias del Gobierno capitalino, la delegación correspondiente, la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y una representación ciudadana.

Si es aprobado por mayoría, el Comité levanta un acta técnica donde los entes participantes firman su postura. Se integra una minuta de trabajo y se forma la carpeta para ser turnada a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

La Consejería realiza una revisión de lo aprobado por el Comité y de no encontrar ningún inconveniente, lo prepara para firma del Jefe de Gobierno. Una vez concluido el procedimiento, lo envía a la Comisión de Gobierno de la ALDF para su discusión, análisis y en su caso aprobación.