Las amenazas del presidente

25 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

Las amenazas del presidente

La terrible desaceleración económica que provoca la pandemia, anticipa los descalabros que sufrirá el país y la 4T el año entrante. El detenimiento de la actividad productiva impactará negativamente la recaudación y, con ello, la atención de los programas sociales.

A pesar de que la reforma fiscal para el 2021 encuentra gran apoyo en el endurecimiento de las actividades coercitivas del estado en el ámbito de la recaudación, esas encaminadas a exprimir al contribuyente, pronto habrá de corroborarse que ese es el peor camino para alentar la inversión y permitir el arranque de la maquinaria productiva –a la que está asociado el desarrollo y, por consiguiente, el anhelado mejoramiento de la hacienda pública. El hostigamiento fiscal vulnera la seguridad jurídica de todo causante fiscal.

Un factor primordial al que se encuentra vinculado el riesgo que enfrenta todo inversionista al emprender cualquier actividad económica, tiene que ver con la seguridad jurídica: la certeza de que existen reglas del juego que garantizan el movimiento de fichas en el tablero; la confianza de que tales reglas serán observadas por quienes intervienen en el juego; y la certidumbre de que, en caso de transgresión a las reglas, habrá un árbitro imparcial que las hará valer.

Nuestra Constitución es la piedra angular sobre la que descansa un vasto edificio de normas jurídicas que resguardan la seguridad jurídica de los particulares. Es ésta en la que se disponen los principios básicos que inciden en la relación existente entre las autoridades y nosotros, los gobernados. Tan vital es su importancia para el resguardo de la legalidad, que los mecanismos previstos para que ésta pueda modificarse, son más estrictos que aquellos previstos para la modificación de cualquier otra ley.

En torno de esa restricción para que la Constitución se reforme, los partidos políticos en el Congreso y en las legislaturas a lo largo del país, han venido construyendo durante las últimas décadas reglas claras para que algunos actos se lleven a cabo con relativa tranquilidad: todos los concernientes a los procesos político-electorales para la designación de nuestros gobernantes; y todos los que tienen que ver con inversión dirigida a ciertos ámbitos del desarrollo altamente demandantes de capital, a los que se invita a socios interesados en todo el mundo, entre otros.

En la misma Constitución se han incluido normas de jerarquía superior que definen la conformación y la competencia de los Tribunales de la Federación, encargados de velar por el orden constitucional;

los principios que rigen los procesos judiciales a los que se encuentra vinculada la defensa de la Constitución; y, las reglas básicas que, como las ya mencionadas, se han alcanzado para el progreso de nuestro país.

Entre tales reglas se ubica el amparo, el juicio del que depende la vigencia y eficacia de los derechos humanos de igualdad, de libertad, de propiedad, de seguridad jurídica y desarrollo personal, entre muchos otros más, mecanismo de salvaguarda de la certidumbre jurídica de todo inversionista.

En fechas recientes han destacado de manera especial algunas amenazas lanzadas por el Presidente de la República, que ponen en evidencia un indebido y peligroso desprecio por el orden constitucional y por los principios que nuestra Carta Magna recoge. Se trata de advertencias que deben preocuparnos, no sólo por el posible impacto que tienen de manera inmediata en los ámbitos del desarrollo político y económico nacional al que están dirigidas, sino por el trascendente efecto que fatalmente podrían llegar a tener con respecto al único medio constitucional con que nosotros los gobernados contamos para proteger nuestros derechos contra actos arbitrarios del poder público.

Al evaluarse en la Suprema Corte de Justicia la constitucionalidad y la procedencia de la consulta popular para enjuiciar a los expresidentes, presentada por el Consejero Jurídico del Ejecutivo en turno, el propio Presidente amenazó con que, si no se votaba a su favor, cambiaría la Constitución para facilitar la realización de dicha consulta. Se trató de una amenaza de rompimiento del orden constitucional y el equilibrio de fuerzas encomendado al Poder Judicial de la Federación, que buscó acomodar el marco constitucional a un capricho y oportunidad electoral concebida por el propio Jefe Supremo de la Administración Pública. Una grave advertencia en todo sentido.

La semana pasada, al anunciarse la posibilidad de que el Estado mexicano debiera ceñirse a lo establecido en la Ley en materia energética, para no incurrir en una responsabilidad internacional, ante el planteamiento de que la política emprendida por esta administración pudiera estar transgrediendo los acuerdos plasmados en el TMEC, alcanzados en sintonía con la reforma energética aprobada por el constituyente en 2014, el Presidente López Obrador amenazó otra vez con reformar la Constitución. Su llamamiento, esta vez, busca adaptar el orden constitucional a su propia concepción de la soberanía nacional, no obstante el grado de avance de un favorable proceso de globalización que concierne al mundo entero.

La invitación lanzada a desinvertir en México es gravísima, y pone en una situación de riesgo al país, de mucho mayor peligro para su soberanía, que, de hecho, si se permite o sigue permitiendo a extranjeros participar en la exploración y explotación de los recursos del subsuelo.

El problema es que tanto en uno, como en el otro caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para bien o no, ha intervenido y fijado criterios de interpretación del Pacto Federal que someten al Presidente de la República a actuar y obedecer las reglas del juego, aún en contrasentido del proyecto político que enarbola su partido. El propio Poder Judicial de la Federación viene mostrando la eficacia de las instituciones constitucionales concebidas para equilibrar el peso del Ejecutivo.

Diferentes especialistas han advertido que, una desobediencia de los acuerdos internacionales alcanzados en materia de inversión, se traducirán en sentencias desfavorables al estado mexicano, y en resoluciones de condena que podrían costar miles de millones de dólares al país –de aquellos que no se tienen y que, eventualmente, podrían ser sumamente necesarios para atender las necesidades sociales más apremiantes que el país demandará a lo largo del año que entra.

Si las resoluciones que obstaculicen un acto inconstitucional del Poder Ejecutivo de la Unión provienen de los medios de defensa de los Derechos Humanos que tutela la Constitución, como el amparo, la pregunta que podríamos hacernos será la que lógicamente arrojan los episodios que se acaban de atravesar: ¿el Presidente amenazará también con reformar la Constitución para modificar las facultades que la Carta Magna concede al Poder Judicial en materia de amparo? Es lo único que falta.

Si ese fuera el corolario, todas las piezas habrían sido sentadas para demostrar que, en este país, no habrían reglas mínimas para garantizar la seguridad jurídica de la que depende la inversión productiva. La inexistencia de reglas y mecanismos de garantía para que éstas se cumplan, conformarían una laguna que aseguraría una larga parálisis y un atraso para el desarrollo nacional sin precedentes. La falta de inversión jamás compensaría fiscalmente al mejor de los esfuerzos que realicen las facultades hacendarias para exprimir a los contribuyentes.