Documento sin valor jurídico, responde PGR a NYT

20 de Abril de 2024

Documento sin valor jurídico, responde PGR a NYT

Ayotzi

La dependencia dio que cualquier documento se trata de un simple estudio

Ayotzi

Redacción ejecentral

En respuesta a la nota que publicó el diario estadunidense, The New York Times, en la que señala a presuntas irregularidades en la indagatoria del caso Ayotzinapa, la PGR a través en un comunicado informó que carece de validez jurídica.

“Los documentos referidos por el NYT, están impedidos para ser considerados con la calidad de resolución formal, sea como Acuerdo de Conclusión o con cualquier otra denominación”, explicó la dependencia.

La dependencia añadió que los documentos a los que refiere el diario “se caracterizan por encontrarse sin la debida formalización, al carecer de los requisitos legales que les aplican, resultan jurídicamente inexistentes”.

La dependencia insistió que cualquier documento difundido por los medios en torno a los estudiantes de la normal Raúl Isidro Burgos, “Ayotzi

Y es que el rotativo estadunidense en su nota asegura que el gobierno de México ocultó un informe en torno a la investigación de la desaparición de 43 estudiantes de la normal de Ayotzinapa, en el que se indica que las personas presentadas como sospechosas fueron detenidas ilegalmente.

Aquí el comunicado íntegro

Comunicado 2039/16 Ciudad de México, a de 15 diciembre de 2016

En referencia a lo publicado el día de hoy por el New York Times relativo a investigaciones a cargo de la Visitaduría General, la Procuraduría General de la Republica da a conocer la postura oficial:

En consideración a que materialmente todo lo publicado tiene relación con el supuesto contenido, conclusiones y efectos de un Acuerdo de Conclusión atribuido al ex Visitador General de la Procuraduría General de la República, es preciso establecer lo siguiente:

• La Visitaduría General es el órgano de la Procuraduría General de la República, que con plena autonomía ejerce las facultades de evaluación técnico-jurídica, supervisión, inspección, fiscalización y control de los agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes de la Policía Federal Ministerial, oficiales ministeriales, peritos y demás servidores públicos de la institución, con independencia en sus resoluciones.

• La actuación de la Visitaduría General debe, en todo momento, encontrarse ajustada al marco normativo aplicable a los actos jurídicos que emite, tanto en el ámbito administrativo como penal, sin que impacte el cambio del titular de la unidad administrativa.

• De acuerdo al marco jurídico mexicano, para que una determinación o resolución adquiera validez dentro de un procedimiento administrativo o penal, y así esté en posibilidad de producir efectos jurídicos, requiere que la misma sea emitida con todas las formalidades que establece la Ley, entre las que se encuentran la firma de quien la pronuncia.

• Cualquier documento que pudiera existir y que se hubiese difundido por medios no oficiales, en el que se hagan referencias a las evaluaciones practicadas sobre expedientes relacionados con la desaparición de los estudiantes normalistas, en tanto no sea debidamente formalizado, se trata de un simple proyecto con el carácter de consideraciones en estudio, que carecen del rango de resolución formal. No se omite señalar que tratándose de consideraciones en estudio, estas se encuentran sujetas a cualquier clase de modificación, como es factible que ocurra con toda clase de proyectos en el ámbito de los procedimientos jurídicos.

• En el caso que nos ocupa, los documentos referidos por el NYT se caracterizan por encontrarse sin la debida formalización, al carecer de los requisitos legales que les aplican, resultan jurídicamente inexistentes; por lo tanto, están impedidos para ser considerados con la calidad de resolución formal, sea como Acuerdo de Conclusión o con cualquier otra denominación.