“Ley Olimpia” debe ser general

19 de Abril de 2024

Laura Borbolla
Laura Borbolla

“Ley Olimpia” debe ser general

Las benditas redes sociales, fueron concebidas para acortar distancias y acercar personas, al inicio en los años 90 se revolucionaba la comunicación con correos electrónicos sustituyendo el correo postal, el cual era muy lento en el envío de la correspondencia, comparado con un clic, después llegaron los primeros chats, a los cuales se les agregaron funciones como los emoticones, después llegaron las videollamadas, hasta llegar a la interacción actual en tiempo real al alcance de la mano. Evidentemente la tecnología al servicio de la mayoría de las personas es un factor de progreso, sin embargo, como todo, el ser humano en muchas ocasiones desvía las ventajas y las combinarte en negativos cuando transgrede los derechos de otros.

Eso es exactamente es lo que tiene de fondo, la conocida y promulgada hace unos días, en la Ciudad de México como: “Ley Olimpia” ello después de una batalla personal de varios años, producto del mal uso de las redes en agravio del derecho al nombre, privacidad y libertad sexual de Olimpia Coral Melo, originaria de una pequeña ciudad Huauchinango, en Puebla. Por alguna circunstancia personal, se generó un video con contenido íntimo, el cual sin su consentimiento se difundió en la redes y como dice el viejo dicho “pueblo chico, infierno grande” en menos de lo imaginado, su nombre e imagen, eran conocidas no solo en el lugar de donde ella era oriunda, sino mundialmente. Ese es el fenómeno de las redes para bien y para mal son vorazmente veloces.

Hace algunos años, México tiene en la letra no en los hechos la “Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia” y ahora la conocida “Ley Olimpia” fortalece un aspecto para combatir la violencia que se sufre cuando alguien sin el consentimiento del otro difunde fotografías y videos con contenidos íntimos y privados, esta es una reforma, hasta ahora en el código penal de la Ciudad de México y otros códigos penales de algunas entidades federativas, es decir, un delito del orden común o local.

Considero, la modificación debería de ser de tipo general, es decir, la “Ley Olimpia” debería de tener un alcance como el secuestro y la trata de personas, es decir, es un fenómeno antisocial en general no de tipo local.

El ciberacoso, packs, pornovenganza y la violencia digital contra las mujeres, ahora son consideradas un delito “local” castigado de seis a nueve años de prisión en la Ciudad de México, este rubro debería de ser considerado como un tipo penal federal. Así que, espero las y los legisladores del Congreso de la Unión atiendan este pendiente, ya que las conductas de muchas personas que realizan o difunden este tipo de imágenes y videos puede acabar con la vida de personas y familias completas. Hacer lo necesario y lo correcto, son cosas de forma que hacen fondo.