Olvidar a los desplazados o dejar en lista sus derechos

16 de Octubre de 2026

Olvidar a los desplazados o dejar en lista sus derechos

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Claudia Aguilar Barroso

Cuando tus hijos preguntan cuándo van a volver a casa, ¿qué les contestas si tuviste que salir huyendo para mantenerlos vivos? ¿Cómo les explicas que sus cuadernos, sus juguetes y su cama quedaron en un lugar al que no sabes si podrán regresar? Para una familia desplazada, esperar significa buscar dónde dormir esta noche y cómo conseguir comida mañana. También significa intentar que el miedo no se convierta en la única forma de vivir.

Desde esa realidad tendría que discutirse el desplazamiento forzado en la Suprema Corte. Sin embargo, el 13 de octubre volvió a quedar pendiente el amparo en revisión 269/2025. Por tercera ocasión, el asunto permaneció en lista, sin discusión ni resolución de fondo. Mientras las ministras y los ministros encuentran el momento para ocuparse de él, hay familias que siguen sin encontrar un lugar seguro.

Los datos del INEGI permiten acercarnos a la dimensión del problema: 509.9 mil hogares tenían al menos una persona que cambió de residencia por violencia o inseguridad. Esos hogares reunían a 1.6 millones de integrantes; esa cifra no equivale a un conteo de personas desplazadas. La precisión importa, pero detrás de cualquier medición están quienes dejaron una vida entera porque quedarse resultaba demasiado peligroso.

Salir de casa en esas condiciones puede significar perder el trabajo, interrumpir la escuela, dejar de recibir atención médica y separarse de quienes podrían ayudar. Haber encontrado alojamiento tampoco resuelve todo. Hay que reconstruir una vida mientras se carga con la incertidumbre de lo perdido y con una pregunta que nadie responde: ¿quién se hará cargo de protegernos?

El juicio promovido por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico lleva esa pregunta ante la Corte. Reclama omisiones relacionadas con la falta de legislación federal, de una instancia responsable y de presupuesto específico. El proyecto de la ministra María Estela Ríos González propone negar el amparo. Todavía no es una sentencia. Precisamente por eso, importa discutir ahora lo que supondría aprobarlo.

Su argumento central es que no existe un mandato suficientemente específico para exigir la legislación y el órgano reclamados. Pero la obligación de proteger a quienes huyen de la violencia no puede depender de encontrar una frase que ordene crear una ley con cierto nombre. Nuestra Constitución y la Convención Americana reconocen derechos y obligan a las autoridades a hacerlos efectivos. ¿Qué significa esa obligación para quien ya perdió su hogar?

Por supuesto, corresponde examinar qué puede ordenar un tribunal y qué decisiones pertenecen al Congreso o al Ejecutivo. Una sentencia requiere razones, límites y claridad. Pero respetar las competencias de cada poder también exige preguntar qué han hecho con ellas. Si las instituciones existentes bastan, habría que explicar dónde están, cómo atienden y por qué tantas personas continúan desprotegidas.

Estudiar un expediente con cuidado es indispensable. También lo es entender que el tiempo judicial tiene consecuencias fuera del tribunal. Cada aplazamiento prolonga la incertidumbre de quienes necesitan saber si la justicia puede abrirles una puerta. La urgencia de las víctimas debe tener un lugar en las prioridades de la Corte.

Una Corte cercana a la gente tendría que escuchar a quienes han perdido hasta la posibilidad de volver a casa. Su responsabilidad es dar una respuesta fundada, capaz de mirar de frente las omisiones del Estado y sus consecuencias. Las familias desplazadas siguen siendo titulares de derechos, aunque hayan tenido que abandonarlo todo. Necesitan protección para vivir, estudiar, trabajar y, cuando sea posible, regresar sin miedo. La Corte tiene que decidir pensando también en esos niños que esta noche volverán a preguntar cuándo regresan a casa. Ninguna familia debería acostumbrarse a que esa pregunta se quede, indefinidamente, sin respuesta.