¿A quién sacrificar?

20 de Abril de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

¿A quién sacrificar?

Le Clercq

La presentación de la Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Crítica provocó una fuerte polémica sobre la definición de las prioridades de atención médica ante la previsible saturación de los servicios de salud por casos de Covid-19.

La polémica se centra en lo que se considera un criterio discriminatorio hacia las personas de mayor edad. De igual forma, el procedimiento para analizar y aprobar la Guía tuvo vicios de origen, como se desprenden del deslinde por parte de Rector de la UNAM y los señalamientos emitidos por la CNDH, quien enfatiza que el documento contiene “criterios e indicaciones contrarios al bloque constitucional y con ello al respeto, protección y garantía de los derechos humanos de todas las personas sin excepción”. Por lo pronto, el Consejo de Salubridad General prepara una nueva versión y el comisionado Manuel Ruiz de Chávez presentó su renuncia al Consejo Nacional de Bioética.

Más allá de la polémica y sus alcances, lo que deben hacer a los redactores de la Guía no es una responsabilidad sencilla: definir bajo qué criterios debe distribuirse acceso a un recurso escaso en tiempos de emergencia nacional, como camas de hospital y cuidados intensivos.

Esto implica ponderar principios de justicia y criterios de prioridad que definirán quiénes se van a beneficiar de recursos que son insuficientes para todos. Y ante lo vivido por otros países, lo único claro es que los recursos no van a alcanzar y que la autoridad deberá escoger qué personas o grupos tienen prioridad al momento de recibir atención.

La crítica se concentra en los apartados 2.7.1 y 2.7.2 de la Guía, donde se señalan definiciones de prioridad y resolución de empates: “En un primer momento se deberá de recurrir al principio vida-completa. Ello quiere decir que pacientes más jóvenes han de recibir atención de cuidados intensivos sobre pacientes de mayor edad. Las categorías de edad propuestas son: 0-12, 12-40, 41-60, 61-75, y +75. Si recurrir al principio de vida-completa no desempata a los pacientes entonces la decisión sobre quién recibirá acceso a los recursos escasos deberá de tomarse al azar. Cuando los pacientes se encuentren empatados hay que tomar en cuenta que la tasa de mortalidad por Covid-19 no es la misma entre los sexos.” En otras palabras, se concluye que tienen prioridad los jóvenes sobre los viejos. Aún más crudo: en caso de que no alcancen los recursos, los viejos resultan la población a sacrificar.

Hay algo que a todos nos parece intuitivamente injusto de ese criterio. Definir prioridades de esta naturaleza debe orientarse por el objetivo de garantizar el respeto más amplio posible a los derechos humanos o por lo menos minimizar el daño potencial al disfrute a los derechos humanos.

Los derechos humanos funcionan como un filtro para evaluar los posibles criterios a tomar sobre cómo distribuir recursos y capacidades escasas en tiempos de emergencia. Sin embargo, los principios generales no resuelven por sí mismos el determinar quién tiene prioridad y se hace necesario establecer criterios particulares ante la circunstancia que enfrentamos. A esto se denomina principios de “justicia local”, los cuales definen los criterios de acceso a bienes escasos o en situación críticas, como lotería, lista de espera, esperanza de vida, vida completa, condición socioeconómica, nivel de gravedad, etc. Sin embargo, y esto es importante, afectan el disfrute de derechos, ponen en juego nuestro sentido de la equidad y, lo que no podemos obviar, implican decisiones de vida o muerte.

En las próximas semanas será inevitable recurrir a principios de justicia local frente a reducida disponibilidad de recursos hospitalarios. También será inevitable que la autoridad asuma públicamente la responsabilidad de definir prioridades en el acceso a dichos recursos. Lo que en este caso debe exigirse, es que una definición de esta magnitud y gravedad, requiere pasar por un proceso de deliberación razonada donde los derechos humanos y el respeto a la dignidad de las personas funcionen efectivamente como un filtro general para evaluar las posibles consecuencias. No estamos ante una situación solo técnica o que se reduzca a una valoración costo beneficio.

La decisión que se adopte para definir prioridades, por más dolorosa que resulte, tiene que poder ser públicamente justificable, moralmente defendible y representar además la alternativa más razonable entre todas las analizadas. Y lo que ocurrió con la polémica provocada por la presentación del borrador de la Guía es que, ante señalamientos por posibles actos discriminatorios y violaciones graves a derechos humanos, así como la falta de consenso o conocimiento del texto entre los miembros del Consejo, la propuesta no era públicamente justificable o defendible y, por lo tanto, se interpretó como una forma arbitraria e injusta de abandonar a las personas mayores a su suerte. Bajo esa lógica la autoridad no puede definir prioridades.