SCJN declara inconstitucional la Política de Confiabilidad del Sistema Eléctrico

20 de Abril de 2024

SCJN declara inconstitucional la Política de Confiabilidad del Sistema Eléctrico

YECAPIXTLA, MORELOS, 29MARZO2019.- Torres de transmisión de energía eléctrica. FOTO: MARGARITO PÉREZ RETANA /CUARTOSCURO.COM

YECAPIXTLA, MORELOS, 29MARZO2019.- Torres de transmisión de energía eléctrica. FOTO: MARGARITO PÉREZ RETANA /CUARTOSCURO.COM

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Margarito Pérez/Margarito Pérez

YECAPIXTLA, MORELOS, 29MARZO2019.- Torres de transmisión de energía eléctrica. FOTO: MARGARITO PÉREZ RETANA /CUARTOSCURO.COM
FOTO: MARGARITO PÉREZ RETANA /CUARTOSCURO.COM

La SCJN determinó que la política de confiabilidad violenta los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la razón a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), al declarar inconstitucional la Política de Confiabilidad del Sistema Eléctrico emitida por la Secretaría de Energía (Sener).

Aunque este cambio de reglas ya había sido suspendido por un juez, tras un proceso de casi seis meses, la decisión de la Segunda Sala es definitiva.

El pasado 15 de mayo, la Sener publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Política en materia de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), en el que elimina el criterio de despachar primero la electricidad más barata del país para beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con el objetivo de recuperar el monopolio.

Sin embargo, la Cofece envió una acción de inconstitucionalidad a la SCJN, señalando que la nueva política vulnera los artículos 16, 28, 49 y 133 de la Constitución, ya que “se trasgrede los principios de legalidad, libre concurrencia y competencia económica, así como de supremacía constitucional que establecen tales artículos en perjuicio de la autonomía y esfera competencial de la Cofece y del principio de división de poderes”.

Ante esto, la SCJN determinó que la nueva política de confiabilidad “violenta los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad principalmente, y el de comercialización o suministro de energía, vulnerando al mismo tiempo la autonomía y esfera competencial de la Comisión y afectando gravemente la regularidad del ejercicio de sus atribuciones, en quebranto del principio de división de poderes”.

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