IFT consigue suspensión contra Panaut

12 de Mayo de 2024

IFT consigue suspensión contra Panaut

Foto: Cuartoscuro

La controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones fue aceptada por la ministra Norma Piña

La noche del lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

La controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fue aceptada por la ministra Norma Piña.

Concedió la suspensión, publicada el 16 de abril, bebido a que la reforma afecta las atribuciones regulatorias del órgano.

Cabe señalar que la suspensión fue parcial, toda vez que no aceptó dar la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

“Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, señala el documento de la ministra Piña.

Hasta ahora no se tiene claro el alcance que tiene la medida cautelar, ya que el acuerdo publicado por la Corte no los aborda.

Sin embargo, se prevé podría servir para bloquear o retrasar la operación y la aplicación del Panaut.

Controversia

El pasado 26 de mayo el IFT, a través del Comisionado Presidente Adolfo Cuevas Teja, fue presentado la controversia constitucional.

En esa ocasión se argumentó que el órgano que no cuenta con el presupuesto suficiente para instalar, operar, regular y mantener el registro del padrón.

Además, el IFT señaló que el Poder Legislativo afecta e invade la esfera de competencia del IFT al impactar en sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos.

También señalaron que el decreto publicado el 16 de abril en el Diario Oficial de la Federación le impide cumplir con su objeto constitucional, contenido en los artículos 6 y 7.

Argumentó que se ve obligado a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones e implica la cancelación de líneas telefónicas móviles. DJ

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