Nadie ha propuesto desaparecer al Instituto Nacional Electoral, nadie ha planteado, al menos públicamente, desmontar el sistema electoral mexicano ni suprimir la autonomía constitucional del árbitro de las elecciones. Sin embargo, en las últimas semanas, la discusión ha comenzado a moverse hacia un terreno menos visible, pero potencialmente igual de decisivo: el presupuesto.
Hoy el debate no gira en torno a la existencia del INE, sino a su capacidad real de operación. En comisiones legislativas se discuten ajustes presupuestales y una eventual redistribución de funciones que, en apariencia, responden a criterios de eficiencia administrativa. Pero cuando se trata de órganos constitucionales autónomos, el presupuesto no es únicamente una herramienta financiera; es, también, un mecanismo de delimitación institucional.
El Poder Legislativo no puede intervenir directamente en las decisiones técnicas del Instituto ni modificar, sin reforma legal, los lineamientos que rigen la organización de los procesos electorales. Tampoco puede alterar, sin atravesar el procedimiento constitucional correspondiente, las reglas del juego democrático que el INE está encargado de garantizar. Pero sí puede determinar el alcance material de su actuación.
Reducir el techo presupuestal de una autoridad electoral no elimina sus facultades en el papel, pero sí condiciona su capacidad para ejercerlas en la práctica. La organización de elecciones en México no depende únicamente de normas: requiere infraestructura, personal especializado, despliegue territorial, monitoreo de medios, fiscalización de recursos de campaña y una compleja cadena de procesos técnicos que descansan, inevitablemente, en la suficiencia operativa.
La discusión sobre la posible ampliación de funciones del INE, adquiere una dimensión particularmente delicada. Asignar nuevas responsabilidades sin garantizar los medios para cumplirlas no fortalece a la institución, sino que la sobrecarga.
El riesgo no es inmediato ni necesariamente visible. Las instituciones rara vez se debilitan por eliminación explícita. Más comúnmente, lo hacen a través de procesos graduales: recortes presupuestales, ampliación de competencias sin respaldo financiero o creación de excepciones organizativas que fragmentan la gobernanza del sistema electoral.
Así, sin necesidad de modificar el texto constitucional, puede alterarse la capacidad efectiva de una autoridad para cumplir con su mandato. El diseño institucional permanece intacto, pero su eficacia se erosiona.
Esto implica una transformación silenciosa, pues el árbitro electoral conservar su autonomía jurídica, pero pierde margen técnico. Puede seguir organizando elecciones, pero con menor capacidad para fiscalizar campañas, garantizar equidad en la contienda o vigilar el cumplimiento de las reglas que sostienen la competencia democrática.
Porque lo que hay que tener presente es que en el sistema democrático, la equidad no depende únicamente de reglas escritas, sino de la fortaleza institucional de quien las hace exigibles.