Línea 12: justicia para quien pueda comprarla; nada ha cambiado (Parte II)

8 de Octubre de 2026

Línea 12: justicia para quien pueda comprarla; nada ha cambiado (Parte II)

Alejandro Envila

David Domínguez Quiróz lleva años litigando contra la empresa responsable de la mala construcción, y por lo tanto del derrumbe de la Línea 12 del Metro: Carso Infraestructura y Construcción (CICSA), sin que haya logrado aún una sentencia que de verdad repare el daño que le provocó, para toda su vida, la negligencia de la compañía responsable de esa millonaria obra pública.

Domínguez Quiróz fue declarado con incapacidad permanente, de por vida, a consecuencia de las lesiones sufridas por el derrumbe de la Línea 12. En ese tiempo ha conseguido que la justicia declare culpable a CICSA, porque era evidente y porque así lo admitió la propia empresa cuando su propietario se comprometió a rehabilitar la construcción defectuosa, sin costo alguno para el Gobierno de la CDMX.

Es paradójico, pero para el gobierno capitalino ya hubo reparación del daño porque la obra se rehabilitó sin que le costara un solo peso, pero para David Domínguez, y seguro que para otras víctimas del accidente, esa admisión de culpabilidad de la empresa y esa reparación sin costo para el gobierno, no significaron nada. Para ellos, los usuarios, la gente del pueblo, no hay una reparación real en forma de una indemnización razonable de acuerdo a los propios criterios de la Suprema Corte de Justicia, que al mismo tiempo implique una sanción ejemplar para la empresa que provocó el desastre que destrozó su vida, con el objetivo de disuadirla, de volver a incurrir en ese tipo de negligencia, como debería imponerse de acuerdo a la doctrina de los daños punitivos de la propia Corte.

El problema no está en la declaración y admisión de culpabilidad de Carso Infraestructura y Construcción, sino en la forma en que el nuevo Poder Judicial, ese que surgió del voto popular para defender al pueblo y acabar con las injusticias, cuantifica y valora la vida y la calidad de vida de un hombre común y corriente, albañil de profesión: apenas una indemnización de alrededor de seis millones de pesos, dictada por la Octava Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México primero, y después por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, el 12 de febrero de 2025.

La cuantificación del daño para fijar indemnización hecha por esos dos tribunales mexicanos es ilegal por varias razones:

1. No respeta el derecho humano a una justa indemnización, pues no se ajusta a los criterios de valoración casuística o individual del hecho para cuantificar una reparación de daño, establecidos por la Corte.

2. Sustituye la valoración individualizada de cada caso que ordena la doctrina de la Corte para fijar indemnizaciones, por un simple cálculo aritmético lineal que minimiza el valor de la vida e integridad física de la víctima, elimina sus posibilidades de mejorar su propia condición económica y establece un tope máximo inconstitucional a la indemnización.

3. En los hechos protege a la poderosa empresa responsable del derrumbe al no considerar su capacidad económica, lo que vuelve tendenciosa la sentencia.

4. Incumple la responsabilidad de disuadir a la empresa responsable de volver a actuar con negligencia, pues minimiza la sanción por concepto de daños punitivos que debería imponerle por su pésimo desempeño.

5. Es también un acto de discriminación y violencia económica contra David Domínguez, a cuya incapacidad permanente los tribunales conceden un valor que apenas rebasa los cinco millones de pesos.

Todas las objeciones a la sentencia son importantes si se les analiza por separado, pero se convierten en un escándalo de justicia y gracia para los ricos, pero discriminación e injusticia para los pobres, cuando se evalúa el fallo de forma integral, pues la intención de menospreciar a la víctima con una sentencia indemnizatoria ridícula es inocultable. Al mismo tiempo, ese menosprecio del valor de la vida y la salud de un afectado por la empresa responsable, sólo porque no es rico, sirve para proteger los intereses de un gigantesco grupo empresarial: Carso, Infraestructura y Construcción.

Es obvio que una empresa cuya negligencia provocó un accidente que mató a 26 y lesionó a muchos más, como a David Domínguez, no se alejará de las conductas irresponsable si por concepto de inmdemnizaciones debe pagar cacahuates a las víctimas, pues eso le resulta mucho más barato que ejecutar una obra con los estándares de seguridad indispensables para garantizar que no colapse sola.