Aristegui se excedió y difamó en prólogo: juez

24 de Abril de 2024

Aristegui se excedió y difamó en prólogo: juez

Joaquín Vargas hace pública la sentencia del TSJCDMX; la periodista aún puede apelar

Cuartoscuro_Aristegui_Libro_Casa_Blanca Foto: Cuartoscuro | Archivo

Redacción ejecentral

Carmen Aristegui “excedió su libertad de expresión y de información” y difamó a Joaquín Vargas, presidente de MVS Comunicaciones, en el prólogo del libro La Casa Blanca.

El juez del Quincuagésimo Séptimo Juzgado de lo Civil resolvió el pasado 4 de noviembre, la demanda por daño moral que inició el empresario contra la periodista en julio pasado.

Según consta en la sentencia, el juez consideró que al ser Joaquín Vargas una figura pública, los señalamientos que hizo Aristegui Flores le causaron daño a los “derechos de personalidad, honor y prestigio” ante la sociedad.

Lo califica como una persona deshonrosa y cobarde, sin dar pruebas que sustenten los dichos, lo que viola el artículo 1830 del Código Civil.

En el citado prólogo, la comunicadora señala que al empresario “le indujeron a hacer cosas tan indecentes y deplorables”, por lo que lamenta su “derrumbe moral” que lo hizo sucumbir ante “presiones de un poder al que ya antes se habían enfrentado con dignidad y valentía”.

En estas líneas, incluidas en la demanda, se muestra “malicia efectiva” según el fallo, concepto que usa el Poder Judicial para determinar si alguien difamó a una persona, bajo pretexto del ejercicio de libertad de expresión.

El juez determinó que Aristegui “al ejercer su derecho a informar, se excedió en el contexto de las mismas”, según la sentencia del expediente 455/2016 que hizo pública hoy el propio empresario Vargas.

Al utilizar términos relativos a que Vargas fue “el papel de instrumento para asestar una puñalada con cobardía” o que “sucumbió a presiones del poder”, concluye que “denostó en su contra al atribuirle una conducta indebida”.

Aristegui “se abstuvo de aportar elemento probatorio idóneo que desvirtuara lo anterior, por tanto, las objeciones realizadas resultan insuficientes para restarles alcance y valor probatorio”, agrega el documento.

“María del Carmen Aristegui Flores, en las declaraciones contenidas en el prólogo del libro ‘La Casa Blanca de Peña Nieto’, para referirse al hoy actor, tienen el propósito de no informar sino de denostarlo y desprestigiarlo, produciendo con ello un agravio a su honor, al atribuirle conductas que no fueron acreditadas por la autora de dicho prólogo”, cita la sentencia.

En tanto, Vargas publicó un desplegado este lunes en los diarios El Universal y Reforma bajo el título “Aristegui Mintió”, que se basa en la sentencia dictada por el juez de Primera Instancia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX).

La periodista Carmen Aristegui aún puede apelar y ampararse ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). EC