Diputados aprueban incrementar pena por feminicidio y acoso

26 de Abril de 2024

Diputados aprueban incrementar pena por feminicidio y acoso

Legisladoras panistas protestaron contra la violencia de género y los feminicidios.

CIUDAD DE MÉXICO, 18FEBRERO2020.- Legisladoras y legisladores portaron un pañuelo morado como muestra del rechazo hacia la violencia contra las mujeres y niñas. Esto en fechas de los feminicidios de Ingrid Escamilla y la niña Fátima. A su vez, diputadas de la bancada panista tomaron la tribuna y colocaron pares de zapatos rojos, símbolo de la lucha contra los feminicidios. FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO.COM

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Galo Cañas/Galo Cañas

CIUDAD DE MÉXICO, 18FEBRERO2020.- Legisladoras y legisladores portaron un pañuelo morado como muestra del rechazo hacia la violencia contra las mujeres y niñas. Esto en fechas de los feminicidios de Ingrid Escamilla y la niña Fátima. A su vez, diputadas de la bancada panista tomaron la tribuna y colocaron pares de zapatos rojos, símbolo de la lucha contra los feminicidios. FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO.COM

Además, se aprobó la tipificación del delito de acoso sexual y se incluye la definición de hostigamiento sexual

La Cámara de Diputados aprobó por 415 votos a favor y uno en contra, la reforma al Código Penal Federal para aumentar de 60 a 65 años de prisión la pena por el delito de feminicidio.

El dictamen de esta reforma prevé también el incremento de 13 a 18 años de prisión para quienes abusen sexualmente de menores de 15 años de edad o que no puedan entender las conductas sexuales.

Con esta aprobación de modificación para los artículos 325 y 265 del Código Penal Federal, la Mesa Directiva de San Lázaro turnó el proyecto al Senador de la República, en donde será analizado y, en su caso, aprobado.

Dentro de las modificaciones realizadas al Código Penal Federal se aprueba también la tipificación del delito de acoso sexual, así como la definición de hostigamiento sexual. En este caso, el dictamen fue aprobado con 432 votos a favor.

Para este caso, según lo establecieron los diputados, serán castigados quienes realicen uno o más actos de naturaleza sexual o connotación lasciva contra otra persona sin su consentimiento.

Si se tratase de un servidor público quien incurra en este tipo de conductas, este podrá ser inhabilitado por un año.

En el caso de la inclusión de la definición de hostigamiento sexual, los diputados señalaron que se entiende como el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, con connotación sexual o lasciva.

En este caso, considera que el hostigamiento sexual puede causar la rescisión laboral; no habrá responsabilidad para el patrón en caso de que la persona trabajadora sea quien cometa este acto ante cualquier persona del lugar de trabajo.

Caso contrario, habrá responsabilidad para el patrón cuando el patrón, sus familiares o cualquier representante dentro del servicio incurra en hostigamiento contra el trabajador o miembros de su familia. Todas las adiciones y reformas fueron turnadas al Senado. CJG