Corte desecha quejas de PGR y Presidencia contra Comisión de la Verdad

28 de Abril de 2024

Corte desecha quejas de PGR y Presidencia contra Comisión de la Verdad

Cuartoscuro Luis Aguilar SCJN
FOTO: SCJN /CUARTOSCURO.COM
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Asegura que sólo el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito tiene competencia para suspenderla; da tres días para que manifiesten si consideran que existe imposibilidad jurídica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no puede suspender la creación de la Comisión de la Verdad para investigar el caso Iguala y señaló que carece de competencia para conocer las quejas presentadas por el gobierno federal. El ministro Luis María Aguilar Morales, presidente de la Corte, desechó los recursos de queja presentados por la Procuraduría General de la República y la oficina de la Presidencia contra las sentencias de amparo de un juzgado federal con sede en Tamaulipas que ordenaron la creación de dicha comisión por el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida en Iguala, Guerrero en septiembre de 2014. El ministro Aguilar señaló que dado lo determinado en el recurso de queja 81/2018, “no ha lugar”, y que al carecer de facultad para conocer las quejas no puede suspender el procedimiento respectivo. Mediante cuatro acuerdos, el titular de la Corte requirió a la PGR y al presidente Enrique Peña Nieto, para que en un plazo de tres días, para que si consideran que existe una imposibilidad jurídica para dar cumplimiento al fallo, lo manifiesten ante el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Matamoros, Tamaulipas, órgano competente para este asunto. Con ello, el Tribunal Unitario contará con elementos para ordenar la apertura del incidente de inejecución de sentencia respectivo. De ser así, una vez que inicie dicho incidente, el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito debe hacer del conocimiento de la Corte para que, en su caso y en momento, se valore la posibilidad de solicitar su atracción por el máximo tribunal. SC/EC