La salud del Presidente

10 de Agosto de 2025

Antonio Cuéllar

La salud del Presidente

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¿Se desvaneció o no?, ¿Lo trasladaron por avión a México o no?, ¿Sufrió un quinto ataque al corazón o no? Todas son preguntas que nos planteamos el domingo pasado, en lo que acabó por ser un episodio de incertidumbre y especulación, que no se puede permitir un país de la importancia y tamaño de México.

No se trata de la salud de Andrés Manuel López Obrador –la que desde luego deseamos que vaya por mejor camino–, sino del problema que arroja la ausencia intempestiva del Presidente de la República, Poder Ejecutivo de la Unión, en el que la Constitución deposita la más trascendente responsabilidad política nacional, de hacer cumplir la ley y representar al Estado Mexicano frente al mundo entero.

México ocupa el 14º lugar a nivel mundial por superficie territorial, con casi 2 millones de kilómetros cuadrados. Es asimismo la quinceava economía mundial, al aportar el 1.67 del PIB global. En su relación con los EEUU, nuestro país condujo exportaciones por alrededor de 350 mil millones de dólares en 2020, encontrando en nuestro vecino del norte a nuestro principal cliente.

La manutención del orden constitucional y el cuidado de la marcha del país en todo sentido, está constitucionalmente depositado en una persona, quien encabeza la administración pública federal, y quien ante cualquier eventualidad, es el único que goza de la competencia para tomar las decisiones más relevantes y trascendentes para el país, como lo sería la de ordenar el despliegue de fuerzas armadas a determinado punto del territorio nacional, o aún peor, la de declarar la guerra a cualquier enemigo del país.

El artículo 6º constitucional contempla el derecho de todos los mexicanos a recibir información veraz, una prerrogativa que precondiciona la vigencia y efectividad de una pluralidad de derechos igualmente contemplados en el Pacto Federal: las decisiones que adopta el ciudadano en materia electoral, por ejemplo, se definen en función del conocimiento que éste tenga sobre la marcha de la administración del gobierno que haya de renovarse.

Esa disponibilidad de información al alcance del público varía, pues la transparencia de la información no se rige de igual manera en el ámbito privado que en el público; es en éste, precisamente, que la apertura de la información debe ser aún mayor, virtud al hecho de que, la conducción del gobierno se asocia a la disponibilidad de recursos públicos, medios que lógica y constitucionalmente se conforman con contribuciones hechas por el propio gobernado.

Los asuntos públicos no conciernen ni son propiedad exclusiva de los gobernantes, sino más bien todo lo contrario, la marcha del gobierno embona perfectamente en ese ámbito de la vida nacional que interesa y es de la titularidad misma de la sociedad entera.

En México, la Constitución contempla cinco tipos de figuras asociadas al ejercicio de la titularidad del Ejecutivo Federal: el presidente electo; el presidente constitucional; el presidente interino; el presidente provisional; y, el presidente sustituto.

Según la veracidad de las especulaciones acontecidas antier, podríamos encontrarnos ante la inmediata necesidad de que el gobierno del país dispusiera de los procedimientos para la inminente designación de alguna de las figuras presidenciales enunciadas: la del presidente provisional o la del sustituto, en función de la gravedad de cualquier padecimiento que debiera enfrentar el presidente de la república.

Durante el sexenio pasado, con motivo de la intervención quirúrgica al presidente Enrique Peña Nieto, debió designarse un encargado de despacho durante las horas en que debió enfrentar una anestesia general. Se tomaron responsablemente las medidas necesarias para no dejar al país, en momento alguno, sin la persona delegada con la competencia necesaria para hacer frente a cualquier urgencia o cualquier reclamo ejecutivo en el ámbito de la seguridad nacional.

El empeño que se viene demostrando, de ocultar la información a los medios de comunicación o a la ciudadanía; que empeora al desproveer de los requisitos constitucionales esenciales para que el INAI pueda existir, operar y desenvolverse legalmente para remediar tal situación, produce un sentimiento de caos y anarquía que perjudica al país entero.

Todos los mexicanos estamos interesados en que el presidente, encargado de dirigir al país, goce de un estupendo estado de salud. Solamente que, ese deseo, no constituye un mensaje asilado de apoyo solidario a favor de Andrés Manuel López Obrador; independientemente de que así lo sea, constituye también un derecho, perfectamente válido y legítimo, que es concomitante a la obligación que éste debe observar, por un lado, de atender a su propia salud, llevando a cabo todas aquellas actividades –positivas o negativas– para lograrlo; y, por el otro, de informar públicamente sobre la manera en que ésta se llegue a encontrar.

Ya sea que la información divulgada por el vocero del presidente adolezca de poca credibilidad; o que el abundante número de fuentes informativas acaban por distorsionar los hechos en perjuicio del valor de veracidad que protege la ley, lo cierto es que, la inasistencia del presidente y el evidente vacío que produce, constituye en este caso, además de todo, una violación constitucional.Algunas cartas deben de tomarse con la finalidad de proveer de seriedad al tratamiento de los problemas de salud que inciden en la operatividad presidencial.

La conformación de un protocolo de respuesta para episodios de este tipo, en el que se incluyan acciones específicas que la oficina de la presidencia debiera observar para atender a los medios de comunicación y, así, al legítimo interés de la sociedad para conocer la salud del presidente, constituiría un muy buen paso, que dejaría huella para administraciones subsecuentes.