CIRT critica fallo de la SCJN sobre contenidos de opinión

30 de Abril de 2024

CIRT critica fallo de la SCJN sobre contenidos de opinión

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Foto: Especial

Esa resolución, señala la CIRT, afecta la libertad de expresión y editorial, ya que implica “una obligación de imposible cumplimiento en la realidad y va en contra del más elemental sentido común”

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) consideró que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre contenido de opinión en los medios de comunicación es ridícula.

La CIRT indicó que pedir a las estaciones de radio y televisión diferenciar con claridad entre contenidos informativos y de opinión “es un ataque directo e inusitado a la libertad de expresión en México”.

Asegura que la disposición afectará la dinámica de trabajo de todos los medios, además de la transmisión de las conferencias del presidente Andrés Manuel López Obrador.

A través de un comunicado, la Cámara señaló que “estamos frente a un gran retroceso en la libertad de información y de expresión; tal vez el más grave en 45 años”.

Los empresarios de radio y televisión exhortaron al gobierno federal, al Congreso, a la SCJN y al Instituto Federal de Telecomunicaciones a resolver el asunto “con pleno respeto” a la Constitución.

El 19 de enero, la SCJN determinó que los concesionarios de radio y televisión deben diferenciar claramente sus contenidos informativos de los de opinión; tal como lo establecía la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión antes de las reformas hechas en el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Sentido común

Esa resolución, señala la CIRT, afecta la libertad de expresión y editorial, ya que implica “una obligación de imposible cumplimiento en la realidad y va en contra del más elemental sentido común”.

La CIRT considera que es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y la televisión a controles y sanciones burocráticas; ya que se llevará a que se cancelen “la mayoría de los programas noticiosos y se eliminen aquellas notas informativas en que terceros no distinguen entre información y opinión”.

Por su parte, Julio Salazar Ramírez, abogado del Centro de Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos, organización que promovió el, dijo que la resolución no va contra la libertad de expresión ni abona la censura.

Aseguró que solo se trata de que la SCJN invalidó la facultad que se les había dado a los empresarios para autorregularse; aplicando sus propios códigos de ética sin supervisión externa, lo cual fue considerado por los ministros como regresivo. DJ

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