Diputados aprueban reforma para quitarle facultades al TEPJF

19 de Diciembre de 2025

Diputados aprueban reforma para quitarle facultades al TEPJF

De aprobarse en la Cámara alta, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no podrá impugnar los actos ejercidos por el Congreso

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CIUDAD DE MÉXICO, 20ABRIL2021.- Sesión semipresencial ordinaria del Tercer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados en la que se somete a discusión el Proyecto de Decreto por el que se reforma al artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, y diversos dictámenes de las comisiones de salud; trabajo y previsión social. FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM

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Mario Jasso/Mario Jasso

CIUDAD DE MÉXICO, 20ABRIL2021.- Sesión semipresencial ordinaria del Tercer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados en la que se somete a discusión el Proyecto de Decreto por el que se reforma al artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, y diversos dictámenes de las comisiones de salud; trabajo y previsión social. FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

En la Cámara de Diputados fue aprobada una reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

La medida afecta las facultades que tiene Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El dictamen fue enviado a la Cámara de senadores para continuar el proceso, tras las críticas de la oposición por la aprobación de realizada por las bancadas de Morena y el PRI.

La reforma al numeral 1 del artículo 10 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece que los actos del Congreso de la Unión ya no podrán controvertirse ante el Tribunal Electoral ni ser validados por sus jueces.

La iniciativa fue formulada por el presidente de la Mesa Directiva de San Lázaro, Sergio Gutiérrez Luna (Morena), y se aprobó en la Comisión de Reforma Electoral, creada en esta Legislatura.

La reforma impide la impugnación de los actos parlamentarios que se tomen en la Comisión Permanente, en el Senado o en la Cámara de Diputados; tampoco los emitidos por sus órganos de gobierno, concernientes a la integración, organización y funcionamiento.

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