El Inai llevará a la Corte acuerdo de López Obrador

29 de Abril de 2024

El Inai llevará a la Corte acuerdo de López Obrador

Promo_503_nai define si presenta controversia sobre “decretazo”

Por unanimidad, los comisionados determinaron que el documento para blindar las obras de infraestructura atenta contra los principios de transparencia y máxima publicidad

Por unanimidad de votos, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) determinó presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del acuerdo por el que se declaran como de “seguridad nacional” e “interés público” los proyectos y obras de infraestructura del gobierno federal.

Para los comisionados, el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de noviembre atenta contra los principios de transparencia y máxima publicidad, ya que las dependencias del gobierno federal pueden excusarse de brindar información sobre el impacto de las obras al señalar que se trata de asuntos que ameritan secrecía.

El acuerdo, que además autoriza a las diversas dependencias de la administración pública federal a otorgar permisos en un plazo máximo de cinco días —sin dar tiempo suficiente a la evaluación de impactos sociales, económicos, ambientales, etc.— declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras de amplia gama de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos y aeropuertos.

Si bien el presidente Andrés Manuel López Obrador ha dicho que el acuerdo “no tiene nada que ver con la transparencia” y que el objetivo es evitar que amparos malintencionados retrasen las obras de su gobierno, el análisis del Inai advierte que el acuerdo transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

El pleno del instituto concluyó que existe una posible violación al artículo 6º de la Constitución, pues la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva de la información y la clasificación de la misma debe realizarse por los sujetos obligados caso por caso, fundamentando la determinación y cumpliendo los requisitos de la prueba de daño.

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