Antes de convertirse en Blue Demon Jr., hubo un niño que tomó una decisión muy importante para su edad: escapar de la casa donde vivía porque recibía golpes.
Desde muy pequeño quedó al cuidado de Blue Demon y de su esposa Goyita. Ahí encontró protección, cariño y un lugar que reconoció como su casa. Tiempo después, su madre biológica decidió llevárselo con ella, entonces comenzó una etapa difícil.
Blue Demon Jr. ha contado que sufrió golpes y malos tratos por parte de su madre y su pareja; incluso ha relatado que era encerrado durante horas dentro de una caja de madera.
Hasta que un día decidió escapar.
Tenía alrededor de ocho años y según su relato, salió desde el friso de un tercer piso y buscó regresar al lugar donde se había sentido seguro: la casa de Blue Demon, en la calle de Necaxa. El no buscaba al luchador famoso, buscaba a su papá.
Su madre llegó hasta aquella casa para pedir que le entregaran a su hijo. Blue Demon se negó, pero la historia no terminó ahí. Después hubo visitas; su hermana y su abuela lo llevaban con su madre, monitoreaban la visita, comían juntos, permanecían un rato y luego regresaban a casa.
Esa parte de su historia ayuda a entender algo fundamental en el Derecho Familiar: proteger a un niño no significa romper con sus vínculos familiares.
Al día de hoy, para situaciones así existen espacios como el Centro de Convivencia Familiar Supervisada del Poder Judicial de la Ciudad de México, conocido como CECOFAM.
El CECOFAM fue creado en el año 2000 para permitir que determinadas convivencias ordenadas por una autoridad se desarrollen en condiciones de seguridad y, cuando es necesario, bajo supervisión.
No es solamente un lugar donde una madre o un padre van a “ver a sus hijos”. Su importancia está en ofrecer además, un espacio protegido cuando la convivencia no puede realizarse libremente porque existe conflicto, una relación deteriorada, violencia o alguna situación que exige especial cuidado.
Con el paso de los años, las funciones del CECOFAM han evolucionado. Hoy existen procesos de revinculación familiar que buscan reconstruir poco a poco relaciones dañadas y, cuando las condiciones lo permiten, avanzar hacia convivencias más autónomas.
Una niña o un niño puede vivir con uno de sus padres y mantener contacto con el otro bajo determinadas condiciones. Hay convivencias libres, las hay supervisadas y existen casos en los que el riesgo es tan grave que el contacto debe limitarse o suspenderse. Cada familia tiene una historia distinta.
Los sucesos en la familia de Blue Demon Jr. ocurrieron décadas antes del CECOFAM, pero dejan una enseñanza vigente: un niño puede necesitar protección sin que eso signifique arrancarlo de todos sus vínculos familiares. Aquel niño escapó porque le pegaban, pero pudo seguir viendo a su madre, sin regresar desvalido al lugar donde había vivido violencia.
Ahí está la razón de ser del CECOFAM.
No se trata de cumplir mecánicamente con el derecho de un niño a convivir con su padre o madre. Se trata de construir las condiciones para que esa relación no ponga en riesgo a la niña, al niño o al adolescente. La convivencia solamente tiene sentido cuando puede desarrollarse con seguridad, respeto y sin miedo.
Por eso, es importante preguntarnos que necesita el niño o la niña. El “interés superior de la niñez” no es una frase decorativa; significa escuchar su historia, reconocer sus temores y proteger su derecho a crecer libre de violencia.
Un vínculo familiar no se reconstruye obligando a un hijo a regresar a donde sufrió; se reconstruye cuando los adultos asumen su responsabilidad y las instituciones garantizan un espacio seguro para que los vínculos que todavía pueden salvarse tengan una oportunidad.
El Derecho Familiar debe dotar a la niña o el niño involucrado en un conflicto: de seguridad, con dignidad y debe garantizar su derecho a vivir una infancia sin miedo.