¿Quién mató al comendador?

28 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

¿Quién mató al comendador?

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Ante la contundencia de prácticas de corrupción o de potenciales conflictos de interés, como los que han acontecido en México desde siempre, y que, por ejemplo, dieron lugar a la sustitución del Secretario de Obras del Distrito Federal la semana pasada, la transparencia y la rendición de cuentas constituyen una herramienta esencial e indispensable para la ciudadanía; el instrumento más efectivo para combatir y sancionar la ilegalidad, particularmente cuando se trata del ejercicio de la función pública. Los caminos que establece la Constitución y que se han venido perfeccionando a lo largo de la última quincena de años para garantizar la transparencia, han dado cabida a organismos autónomos del Estado, sólidas instituciones que han ganado reconocimiento y credibilidad en la valoración de los aspectos que atañen a su competencia, en función de su desempeño apegado a la ley, se trata del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Constitución, los comisionados que integran el IFAI son nombrados por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, siempre que no sea objetado por el Presidente de la República, lo que garantiza que los siete comisionados del Instituto sean personas de reconocida reputación en la lucha por la transparencia y la defensa de los intereses de la sociedad sobre el particular. El funcionamiento de nuestra democracia exige la observancia de postulados de orden esenciales, sin los cuales, desde luego, no podría funcionar; incluso tratándose de la tutela del derecho de acceso a la información, el Estado debe gozar de organismos capacitados a fin de evitar el atropello del derecho concomitante al de transparencia: el de protección de datos personales. El artículo 16 de la Constitución establece con claridad que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personas, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros. Un grupo de “organizaciones” recién lanzaron el portal Méxicoleaks, cuyo propósito es facilitar una plataforma a la ciudadanía que permita la presentación de denuncias e información reveladora de hechos de corrupción, que puedan ser aprovechados periodística y legalmente para combatir esta gran enfermedad que ha provocado el hartazgo de la sociedad. En un sentido de búsqueda de la transparencia y combate a la corrupción, en el escenario de las idealidades y de un país perfecto, se trata de una idea impecable. Qué mejor instrumento a disposición de la ciudadanía que el de un procedimiento tecnológico que permita publicar información privilegiada que evidencie un hecho de corrupción, sin riesgo para el denunciante. El problema estriba en que México no es ese país perfecto, y ante el hiperrealismo que produce la utilización bulliciosa de las redes sociales, el funcionamiento de una plataforma de este tipo expone a toda persona, en particular a quienes ejercen el servicio público, a un doble flanco que puede ser peligroso para la estabilidad nacional: Una, la utilización de información falsa o documentación apócrifa en perjuicio de los denunciados produce un efecto infamante que queda irremediablemente consumado desde que la información se hace pública, en forma absolutamente impune para quien hubiera remitido los datos utilizados. El portal alude expresamente al privilegio de los periodistas que la divulgarían, de no tener que revelar la fuente de la noticia. Dos, si bien es cierto que existirá algún órgano colegiado de control entre quienes dirigen el portal, la problemática es que este será discrecional y quedará colocado en manos de “profesionales de la información” cuyas cartas credenciales no atraviesan el tamiz del control institucional conforme al cual han sido creadas las instituciones del Estado que hoy se encargan de velar, tanto del cumplimiento de la obligación de hacer pública toda información gubernamental, como también por el secreto y privacidad de los datos personales de los mexicanos. ¿En manos de quiénes quedará depositada esta altísima responsabilidad? Lo cierto es que en el ejercicio de los derechos que se ejercen en esta nueva función colectiva de las redes sociales, el Estado queda sobrepasado. Se trata del empoderamiento de un acusador anónimo que no tiene nada que perder y que no puede ser sujeto de control. ¿Qué manejo habrá de darse a la información durante los procesos de elección? Debe aplaudirse cualquier proceso de organización de la sociedad civil que busque evidenciar la ilegalidad dentro de la cual se conduzca un servidor público, o un particular en relación con aquél. Sería conveniente, sin embargo, que se permita, aún tratándose de la publicación en la red, la instrumentación de mecanismos de defensa a favor de quienes hayan de ser denunciados, lo mismo que la ampliación de la plataforma a fin de dar a conocer, idénticamente, las actividades del servicio público ejemplar. La mejor manera de construir una democracia funcional no puede darse a través de la vía única de la exaltación del pecado, sino también mediante el reconocimiento de las virtudes de quienes cumplen cabalmente con su deber.