El honroso valor de reconocer el error

26 de Abril de 2024

Antonio Cuéllar

El honroso valor de reconocer el error

2

La Ley de Salud Pública del Estado de Baja California establecía en su articulado la regulación inherente a los Centros de Desarrollo Infantil, que se definían como el establecimiento donde se brinda cuidado temporal, alimentación y en su caso, (en los que se) brinden educación inicial, a menores en edad lactante, maternal, preescolar, y menores con discapacidad no dependientes, cualquiera que sea su denominación.

Por el carácter discriminatorio de la norma, que diferenciaba a los discapaces dependientes de los no dependientes, y en la que quedaban excluidos los primeros, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a través de su Presidente, interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la Acción de Inconstitucionalidad 86/2009, por medio de la cual se pretendió la declaratoria de invalidez correspondiente que permitiera la subsistencia del derecho humano a la igualdad a favor de todos los niños, en especial a favor de aquellos afectados por alguna discapacidad.

El día de ayer, los ministros en Pleno del máximo Tribunal Constitucional de nuestro país declararon la invalidez de la norma, para lo cual, inclusive, se dieron a la difícil tarea de definir los alcances de su propia resolución, no sólo por cuanto a las causas de inconstitucionalidad misma, sino además con el propósito de sentar los lineamientos conforme a los cuales la legislación debería incluir los instrumentos jurídicos que permitieran garantizar que los Centros de Desarrollo Infantil contaran con las medidas necesarias para satisfacer las necesidades propias de los menores con discapacidad.

Habiéndose ya discutido entre los ministros de nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación temas sobre igualdad tan relevantes como el concerniente a la inconstitucionalidad de las normas que en el ámbito de lo familiar impiden la celebración del matrimonio entre personas de un mismo género, sobresalió la semana pasada, de manera importante, el conjunto de señalamientos hechos por el ministro Fernando Franco González Salas en torno de las causas de inconstitucionalidad de la norma objeto de la Acción de Inconstitucionalidad que nos interesa, emitida por el Congreso de Baja California.

Al respecto, el señor ministro Franco González Salas manifestó que los niños con discapacidad impactan y pueden afectar a los niños que no la padecen, y sugirió que aquellos, los niños con discapacidad, deberían contar con instalaciones propias, adecuadas a su singular condición.

Sin vacilación alguna, organizaciones sociales y personas físicas, con razón, le enviaron misivas a través de las cuales le exigieron que retirara sus palabras y ofreciera una disculpa con relación a sus señalamientos, que estimaron inconcebibles por parte de una persona con su formación intelectual y su responsabilidad social.

No puedo negar el hecho de que, en el fondo de esta discusión, desde luego que compartimos la indignación que producía el punto de vista del ministro Franco González Salas, pues el derecho humano a la igualdad no puede impedirse en perjuicio de persona alguna, y mucho menos en perjuicio de los más indefensos de entre los más vulnerables.

No por ello dejo de reconocer, sin embargo, que la visión en torno de la interpretación del concepto de igualdad desde la perspectiva constitucional, en estricto sentido jurídico, puede y debe permitir la expresión de cualquier idea que provenga de aquellos a quienes se les encomienda interpretar la Carta Magna. En el ejercicio científico de la hermenéutica jurídica, la visión del ministro disidente debería aceptarse como válida, cuan antisocial pudiera parecernos, pues en eso estriba precisamente la labor de los jueces.

Celebramos enormemente la decisión adoptada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha declarado la invalidez de todos los artículos que impiden la igualdad entre los niños con discapacidad, dependientes y no dependientes, por cuanto a su atención en los Centros de Desarrollo Infantil, pues establece una nueva directriz de conformidad con la cual deberá de atenderse a las necesidades de los niños con discapacidad a lo largo y ancho de todo nuestro territorio. De manera singular, sin embargo, resulta especialmente relevante destacar la acción humana, honrosa y honesta que, con toda sorpresa, porque no era necesaria, tomó el ministro Franco González Salas, quien al inicio de la sesión del día de ayer reconoció públicamente y frente a las cartas que le fueron enviadas, que las expresiones de su parte habían sido poco sensibles e inadecuadas, solidarizándose así con los padres de los niños con discapacidad, a quienes expresó una disculpa pública por sus expresiones, que retiró en el acto.

En esta época en la que prevalece una enorme distancia entre quienes tienen la difícil responsabilidad de gobernar y quienes soportan el peso de ser gobernados, destaca la virtud de la humildad y la empatía con lo más justo, más allá de lo estrictamente correcto y permitido, como lo mostró el ministro Franco González Salas. No sólo debemos aplaudir el valor que conlleva el reconocimiento del error, sino que bien podemos señalarlo como un ejemplo que en su propio ámbito de desenvolvimiento, otras autoridades deberían emular, a fin de superar los obstáculos que para la vida del país han venido imponiendo distintas circunstancias derivadas, nada más y nada menos, que de sus propios errores.