SCJN explica cuándo aplica inspección sin orden judicial

26 de Abril de 2024

SCJN explica cuándo aplica inspección sin orden judicial

policía
Foto Cuartoscuro
Foto Cuartoscuro

Luego de críticas por fallo que se considera viola los derechos humanos, el máximo tribunal pormenoriza los casos de aplicación de medida

La Suprema Corte de Justicia de la Nación explicó que inspección de personas y vehículos sin previa autorización judicial no aplica para todos ni en todo momento, sólo cuando se encuentran en una investigación criminal. Un día después de avalar como constitucional que elementos de seguridad pueden realizar inspecciones de personas y vehículos sin el apoyo de una orden de un juez, el máximo tribunal, El máximo tribunal explicó que la declaración de constitucionalidad de este tipo de actos de investigación realizada el martes pasado, indica que la inspección de personas y vehículos por parte de policías a su libre arbitrio es una conducta prohibida, por lo que pueden realizar actos de investigación luego de la presentación de una denuncia de hechos ya sea de modo formal ante el ministerio público o informal a los agentes de seguridad. Entre esos actos de investigación están las inspecciones que pueden ocurrir cuando se está ante un delito flagrante, es decir, cuando se avisa a la autoridad de que en ese mismo momento se está cometiendo el ilícito y se solicita su intervención. Los policías deben tener una sospecha razonable de que la persona a la que inspeccionarán coincide con las características denunciadas y que en ese mismo momento está cometiendo un delito no apreciable a simple vista como ocurre con la portación de armas o la posesión de drogas. También cuando una vez denunciado el delito e iniciada la investigación del ministerio público puede ocurrir que se obtenga información de un sujeto que encuadra con las descripciones y hechos denunciados, hasta ese momento los policías pueden iniciar una entrevista y una vez que se verifique que se trata de la misma persona señalada como responsable, podrán realizar una inspección. En el caso de los vehículos, estos pueden ser detenidos sólo si cometió una infracción de tránsito pero ello no implica que se le pueda inspeccionar ni al automóvil ni a sus pasajeros. En cambio, si ocurre que al multar al conductor el agente aprecia hechos o circunstancias que le hagan suponer que en ese momento se está cometiendo un delito, puede inspeccionar el vehículo y a sus pasajeros. En todos los casos, se debe informar al juez a quien los policías deberán narrar y transmitir los hechos y circunstancias para convencerlo de que existió, precisamente, la sospecha razonable.RB