Juez niega detener la regulación del precio del gas LP

17 de Mayo de 2024

Juez niega detener la regulación del precio del gas LP

Venta del Gas Bienestar en alcaldías de la Ciudad de México.

CIUDAD DE MÉXICO, 27OCTUBRE2021.- La jefa del Gobierno de la Ciudad, Claudia Sheinbaum Pardo; durante su conferencia en el Palacio del Ayuntamiento, hablo sobre la venta del Gas LP Bienestar, en alcaldías de la Ciudad. FOTO: Gobierno de la Ciudad/CUARTOSCURO.COM

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Gobierno de la Ciudad de México/Gobierno de la Ciudad de México

CIUDAD DE MÉXICO, 27OCTUBRE2021.- La jefa del Gobierno de la Ciudad, Claudia Sheinbaum Pardo; durante su conferencia en el Palacio del Ayuntamiento, hablo sobre la venta del Gas LP Bienestar, en alcaldías de la Ciudad. FOTO: Gobierno de la Ciudad/CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

Argumentó que el beneficio que la sociedad puede recibir de la ejecución de los actos reclamados es mayor que el perjuicio que se provoca

El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica rechazó detener la regulación del ´recio máximo del gas LP.

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro, que en otras materias si ha dado amparos contra el gobierno federal, negó que la regulación no haya seguido los lineamientos necesarios.

El juez Gómez Fierro determinó negar suspensiones provisionales que fueron solicitadas por ocho empresas gaseras.

Las empresas promovieron amparos para suspender la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor de Petróleo publicada por la Secretaría de Energía (Sener) en julio.

“Si se actualiza la hipótesis prevista en el artículo 129, fracción IV, de la Ley de Amparo, porque al concederse la suspensión provisional solicitada se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público”, detalló el juez federal.

Indicó que “se permitiría el alza de precios en relación con un artículo de primera necesidad o de consumo necesario, como lo es el gas licuado de petróleo”.

Además, el juez detalló que existe la presunción de que la autoridad responsable no observó la metodología que se establece en la Ley de Hidrocarburos.

Misma que está relacionada con el establecimiento de la normatividad para la regulación de los precios máximos del gas LP.

Argumentó que el beneficio que la sociedad puede recibir de la ejecución de los actos reclamados es mayor que el perjuicio que se provoca. DJ

Con información de Milenio

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