La forma es fondo
¿Puede el IMSS modificar la Modalidad 40 mediante un acuerdo administrativo sin reformar la ley? La medida abre un debate sobre las facultades del Consejo Técnico y los límites de sus decisiones.
Unidad del IMSS
/Cuartoscuro
El cambio a la Modalidad 40 del IMSS ha despertado un debate nuevo: ¿Pueden suspenderse leyes por decretó? ¿Tiene el Consejo Técnico del IMSS facultad reglamentaria para emitir un acuerdo administrativo que deje sin efectos partes completas de una ley aprobada en el Congreso? Dolores Padierna, la diputada esposa de René Bejarano que sabe poco de Economía y más poco aún de Derecho, asegura que sí, que la medida es temporal y que en seis meses se hará una evaluación de su impacto financiero y sólo entonces se podrá aprobar una reforma legal sobre el asunto. Así, la diputada supedita la vigencia de la ley a un balance financiero, lo que equivale a decir que alegando un riesgo de quiebra, cierto o falso, cualquier empresa, pública o privada, podría emitir un acuerdo para no pagar aguinaldos tiempo extra o salarios, todas obligaciones existentes por ley. La discusión sobre la Modalidad 40 no es sólo sobre el fondo de la medida, financiero, económico o político, es sobre la vía elegida para suspender la vigencia de una ley, pues aún la suspensión de garantías es un acto de autoridad reglamentado que requiere de un procedimiento y aval legislativos. La forma es fondo en política, decía el clásico.