Llama CNDH al Congreso a definir leyes sobre FA en seguridad

13 de Mayo de 2024

Llama CNDH al Congreso a definir leyes sobre FA en seguridad

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Foto: Cuartoscuro

Pidió leyes secundarias que permitan definir en términos que por falta de precisión pueden dar lugar a "delicados vacíos jurídicos que pueden conducir a violaciones de derechos humanos"

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó al Congreso de la Unión definir la legislación secundaria los términos bajo los cuales se regirá la participación de la Fuerza armada en tareas de seguridad pública.

A través de un comunicado la CNDH solicitó al Congreso de la Unión definir los términos “extraordinaria”, “regulada”, “fiscalizada”, “subordinada” y “complementaria” ubicados en el Transitorio Quinto del Decreto que modifica la Constitución en materia de Guardia Nacional, al considerar que estos son condicionantes para que la actuación de la Fuerza Armada se dé en tareas de seguridad.

De acuerdo con el organismo, pese a que estos términos se encuentran ya en la ley, “no han sido definidos, desarrollados y determinados en las leyes secundarias pertinentes, por lo que su falta de precisión para su aplicación operativa, da lugar a delicados vacíos jurídicos que pueden conducir a violaciones a derechos humanos por falta de certeza jurídica en su aplicación”.

Además, refiere que no se ha establecido una ley que indique los parámetros o criterios de excepcionalidad en los que participará la Fuerza Armada o bajo qué circunstancias lo hará, así como el órgano encargado de fiscalizar su actuar.

La CNDH también indica que dentro de la Ley de la Guardia Nacional tampoco se definió lo relativo a su subordinación y complementación de la actuación.

Recordó que ante la demanda de Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indicaron que la participación del a Fuerza Armada en tiempos de paz debe estar constreñida a condiciones eventuales y transitorias bajo el mando de autoridades civiles.

En ese sentido, refirió, el Estado debe limitar el uso de estas instituciones para controlar la criminalidad común o violencia interna.

Por ello, llamaron a dotar a la Fuerza armada de un marco jurídico apegado al bloque de constitucionalidad que “sustente y encuadre su actuación temporal y extraordinaria en tareas de seguridad pública, que garantice la labor de los elementos del Ejército, Fuerza Aérea y Marina Armada de México, en las tareas de seguridad pública de la Federación”.

Será el Congreso de la Unión la instancia que deberá definir y desarrollar la legislación secundaria correspondiente, haciendo énfasis en la aplicación del uso de la fuerza pública bajo los criterios de excepcionalidad, proporcionalidad, absoluta necesidad, racionalidad y oportunidad. CJG

https://twitter.com/CNDH/status/1274765215750643713?s=20

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