Buena noticia hoy para la huelga del Monte de Piedad: ¿las sucursales van a abrir de inmediato?
La huelga del Monte de Piedad está cerca de cumplir 11 meses y mantiene cerradas más de 300 sucursales en México
La SCJN atrajo el caso de la huelga del Monte de Piedad, pero esto no significa que las sucursales vayan a reabrir de inmediato
/Foto: Cuartoscuro
La huelga del Nacional Monte de Piedad está cada vez más cerca de cumplir 11 meses, pero este jueves surgió una noticia que podría marcar un nuevo capítulo en el conflicto laboral.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer el caso y ahora será el máximo tribunal del país el que analice la validez de la declaratoria que consideró inexistente el movimiento de los trabajadores.
La decisión representa un avance para definir el futuro jurídico de la huelga, que mantiene cerradas más de 300 sucursales en México y ha dejado tanto a trabajadores como a clientes a la espera de una solución.
Sin embargo, hay una precisión importante: que la Corte haya atraído el expediente no significa que las sucursales vayan a abrir de inmediato ni que los empleados deban regresar automáticamente a sus puestos.
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Monte de Piedad y su huelga: ¿Por qué la Suprema Corte atrajo el caso?
La SCJN aprobó por ocho votos contra uno ejercer su facultad de atracción sobre el amparo en revisión 33/2026, promovido por el Sindicato Nacional de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
La propuesta fue presentada por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, mientras que la ministra Loretta Ortiz fue la única integrante del Pleno que votó en contra.
El expediente llegó hasta la Suprema Corte después de que un juez de distrito concediera un amparo a la administración del Nacional Monte de Piedad y declaró inexistente la huelga que comenzó en octubre de 2025.
El sindicato impugnó esa resolución y el asunto avanzó hasta el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo. Posteriormente, el expediente fue remitido a la SCJN para determinar si ejercería su facultad de atracción.
Ahora, el máximo tribunal deberá estudiar el recurso y establecer el alcance jurídico de la decisión que puso en duda la existencia del movimiento laboral. El análisis puede involucrar criterios relacionados con el derecho de huelga, el cumplimiento de los estatutos sindicales, el debido proceso y la seguridad jurídica de los trabajadores.
La revisión estará relacionada con los supuestos contemplados en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo, que establece circunstancias vinculadas con la inexistencia de una huelga.
Esto significa que la Corte no actuará como intermediaria entre el sindicato y la institución para negociar directamente las causas que provocaron el conflicto. Su tarea será determinar la validez jurídica de la declaratoria de inexistencia y analizar si se cumplieron los requisitos legales para sostenerla.
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¿Las sucursales del Monte de Piedad abrirán de inmediato tras la huelga?
La respuesta es no, al menos por ahora. La atracción del expediente por parte de la Suprema Corte no representa una orden para reabrir las sucursales ni obliga automáticamente a los trabajadores a regresar a sus actividades.
Todavía no existe una fecha confirmada para la reapertura general de las más de 300 sucursales que permanecen cerradas. Antes de que las operaciones puedan regresar a la normalidad, deberán resolverse las cuestiones jurídicas y laborales relacionadas con el conflicto.
A partir de la resolución que emita la SCJN pueden presentarse dos escenarios principales.
Si la Suprema Corte confirma la determinación judicial que declaró inexistente la huelga, se fortalecería la posición jurídica del Nacional Monte de Piedad. La institución ha señalado que, bajo ese escenario, estaría dispuesta a facilitar el regreso de los trabajadores y establecer las condiciones necesarias para recuperar sus operaciones.
Sin embargo, esto tampoco significaría que las actividades regresarían automáticamente a la normalidad, pues todavía tendrían que atenderse asuntos laborales derivados del conflicto.
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El segundo escenario ocurriría si la Corte revierte la determinación que declaró inexistente la huelga. En ese caso, el conflicto laboral tendría que continuar por las vías correspondientes y el sindicato y la institución todavía tendrían que abordar las diferencias que dieron origen a la suspensión de labores.
La propia institución ha reconocido que la intervención de la SCJN puede representar una vía para encaminar una solución, aunque el análisis del máximo tribunal no necesariamente resolverá por sí mismo todos los problemas que provocaron el paro.
Por ahora, lo que existe es una nueva etapa jurídica que podría ayudar a definir el futuro de la huelga, pero no un anuncio de reapertura inmediata.
Mientras el proceso continúa, Nacional Monte de Piedad ha señalado que las prendas de los usuarios permanecen seguras y resguardadas en sus bóvedas. La institución también ha indicado que, una vez que concluya la huelga, serán entregadas a sus propietarios.
Por ello, cualquier fecha de reapertura deberá considerarse oficial únicamente cuando sea comunicada directamente por Nacional Monte de Piedad o por las autoridades correspondientes.
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