¿Edomex mantendrá subsidio a la tenencia en 2026?: estos son los requisitos y beneficios fiscales
El acuerdo establece requisitos, plazos y condonaciones adicionales para personas físicas y organizaciones sin fines de lucro
¿No pagaste la tenencia? El Gobierno del Estado de México amplió el plazo para realizar el pago del subsidio a la tenencia vehicular.
/Daniel Augusto
El Gobierno del Estado de México, en conjunto con la Secretaría de Finanzas, publicó el acuerdo mediante el cual se otorga el subsidio en el pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos y diversos beneficios fiscales para el ejercicio fiscal 2026.
La medida está dirigida a personas propietarias de vehículos de uso particular que cumplan con ciertos requisitos, con el objetivo de apoyar la economía familiar y fomentar la regularización del padrón vehicular en la entidad.
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¿Quiénes pueden acceder al subsidio de tenencia en Edomex 2026?
El subsidio aplicará para personas físicas residentes en el Estado de México que sean propietarias de vehículos automotores inscritos en el Registro Estatal de Vehículos, así como para quienes tengan vehículos provenientes de otra entidad federativa y realicen su inscripción a más tardar el 6 de abril de 2026.
Para acceder al beneficio, el valor del vehículo no deberá exceder los 550 mil pesos en el caso de automóviles y 215 mil 517 pesos para motocicletas, sin considerar el IVA. Mientras que el tope para autos se mantiene igual al de 2025, el monto para motocicletas aumenta significativamente, ya que este año el límite era de 115 mil pesos.
También podrán acceder al subsidio las personas jurídicas colectivas sin fines de lucro con domicilio en la entidad. No obstante, el beneficio no será aplicable para vehículos propiedad de la federación, el estado, municipios u organismos autónomos.
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Porcentaje del subsidio según el año de placas
El acuerdo establece que el subsidio será del 100 por ciento para vehículos con placas expedidas en 2021 y años posteriores, mientras que será del 50 por ciento para unidades con placas emitidas en 2020.
Entre los requisitos, las personas contribuyentes deberán estar al corriente en sus obligaciones fiscales estatales, así como en impuestos coordinados con la federación o municipios, además de realizar la gestión correspondiente y obtener el formato universal de pago.
Reglas especiales para motocicletas y vehículos foráneos
En el caso de motocicletas, motonetas, trimotos y cuatrimotos, nuevas o usadas, adquiridas mediante importación definitiva, el trámite de alta deberá realizarse dentro de los 15 días posteriores a la adquisición, y el beneficio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para vehículos provenientes de otra entidad, el alta en el Registro Estatal de Vehículos deberá realizarse antes del 6 de abril, de lo contrario no se otorgará el subsidio.
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Condonaciones y beneficios fiscales adicionales
El acuerdo contempla una condonación del 100 por ciento de adeudos en tenencia, refrendo de placas y derechos de control vehicular para vehículos con placas expedidas en 2020 y ejercicios anteriores, respecto a contribuciones causadas hasta 2023.
Para unidades con placas de 2021 en adelante, la condonación aplicará para adeudos del ejercicio fiscal 2024 y anteriores. Asimismo, se otorgará una condonación total del impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados, bajo ciertos supuestos.
Finalmente, las autoridades advirtieron que quienes obtengan el subsidio de manera indebida deberán cubrir el impuesto correspondiente, ya que la Secretaría de Finanzas podrá revocar los beneficios fiscales en caso de detectar falsedad en datos o documentos. Para acceder a estos apoyos, el pago deberá realizarse en una sola exhibición, renunciando a cualquier medio de defensa legal o administrativa.
YF