La ministra que protege a Samuel García

21 de Septiembre de 2026

La ministra que protege a Samuel García

Alejandro Envila

En julio de 2026, la ministra de la Corte, María Estela Ríos, la misma que sostiene que la Constitución no se debe interpretar y su contenido se debe aplicar de forma literal, favoreció al gobernador Samuel García con una resolución inédita: la concesión de una suspensión definitiva dentro de la Controversia Constitucional 386/2026. Lo relevante de la resolución está en que blindó legalmente al mandatario contra el juicio político promovido en el Congreso de Nuevo León, a través justo de interpretaciones cuestionables, por ridículas, de la Constitución.

La resolución de Estela Ríos colocó a Samuel García fuera del alcance de la ley, y también de la justicia porque:

1. Ordenó el freno de inmediato a las sanciones extremas. La ministra admitió a trámite la controversia constitucional y dictó una suspensión que prohibió expresamente al Congreso local aplicar cualquier sanción extrema, como la destitución, inhabilitación o el desafuero del gobernador.

La resolución, que impide al Poder Legislativo estatal remover a García, abrió debates sobre los límites de la Corte, su uso como herramienta política, la autonomía de las entidades federativas para resolver de forma interna, conforme a sus normas, sus conflictos locales, pero también sobre el voto popular; la idea con que Morena apuntaló la Reforma Judicial que formó la nueva Corte y que permitió a Estela Ríos llegar a ella. Si los diputados locales fueron electos de forma directa por los ciudadanos, cómo puede un juez suspender el ejercicio de sus facultades e impedirles cumplir con el mandato de sus representados.

2. Delimitó los efectos del juicio político (el juicio avanza, pero se congela la resolución). La suspensión de la ministra estableció una distinción para simular que no invade las facultades del Congreso de Nuevo León:

Permiso de investigar. El Congreso de quedó facultado para continuar desahogando el juicio político, lo que incluye integrar el expediente, analizar pruebas y realizar audiencias, pero solo eso.

Prohibición de sancionar. Ríos impuso un límite estricto en la fase ejecutiva. Los diputados locales tienen estrictamente prohibido emitir una resolución final o aplicar una sanción ejecutable hasta que la Suprema Corte resuelva el fondo del asunto. Debido a la complejidad de las controversias constitucionales, este proceso podría demorar meses o años, garantizando la permanencia del gobernador a corto plazo.

Permitirle investigar pero prohibirle imponer una sanción es ridículo. Es quitarle la fuerza coercitiva al Congreso de Nuevo León y con eso, la eficacia para contener al gobernador. Si el Congreso está facultado para investigar pero no para sancionar, aunque sí para exonerar, entonces no tiene ninguna capacidad real para cumplir con su función de equilibrar el ejercicio del poder del gobernador. Que desde la Corte se emita una resolución de este tipo implica que desde ahí se rompió el equilibrio de poderes en Nuevo León, pero también que podría romperse en otras entidades federativas si un solo ministro lo decide, como ocurrió en este caso.

3. Fundamentos legales de la protección

Para justificar su ilegal y polémica medida cautelar otorgada en julio de 2026, la ministra Ríos invocó dos falacias presentadas como principios centrales:

Principio de gobernabilidad y continuidad del Estado. Argumentó que separar al gobernador afectaría gravemente la continuidad de la administración pública de Nuevo León, señalando que salvaguardar el correcto funcionamiento del gobierno estatal es un interés superior para evitar alterar la paz pública y la gobernanza. Falso porque la destitución no deja acéfalo al gobierrno estatal. la ley local fija el mecanismonpara nombrar gobernador sustituto.

Preservación de la materia del juicio constitucional. La ministra explicó que si el Congreso local ejecutaba la destitución antes de que la SCJN analizara el fondo del asunto, la controversia constitucional promovida por el gobierno estatal quedaría sin materia de estudio, generando un daño irreversible de forma anticipada. Falaz porque preservar la materia de un asunto no puede ser un pretexto para la impunidad.

Por la decisión de la misma ministra que dice que la Constitución no se interpreta, cualquier sanción que los diputados de Nuevo León a Samuel García mediante un juicio político quedó congelada de forma indefinida.

La resolución de la ministra, no del Pleno de la Corte, le ha garantizado a Samuel García, en los hechos, permanecer en el cargo de gobernador sin importar lo que se descubriera o ya se haya descubierto en contra suya, mientras el análisis de la validez total del procedimiento de juicio político que se le sigue, toma un turno para que el tribunal constitucional lo analice, de acuerdo a sus tiempos y capacidades materiales, algún día.