¿El SAT puede congelar cuentas bancarias? Autoridad fiscal desmiente bloqueos masivos en 2026

18 de Enero de 2026

¿El SAT puede congelar cuentas bancarias? Autoridad fiscal desmiente bloqueos masivos en 2026

La institución busca dar certeza a los contribuyentes y frenar la desinformación

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Quienes ganan más de 400 mil pesos al año, tienen dos patrones o perciben ingresos por honorarios o rentas deben presentar declaración anual

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Foto: Especial | SAT

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Foto: Especial | SAT

Durante los primeros días del año comenzó a circular información que advertía que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría bloquear cuentas bancarias y tarjetas de crédito o débito cuando detectara incumplimientos fiscales considerados graves. Según estas versiones, el bloqueo se aplicaría de forma inmediata, lo que generó inquietud entre personas físicas y morales ante la posibilidad de un congelamiento masivo de recursos.

Ante la polémica, el SAT desmintió que a inicios de 2026 se vayan a realizar bloqueos masivos de cuentas bancarias por incumplimientos fiscales, como se difundió en distintos espacios informativos.

Oficinas SAT
Trabajadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizan paro de labores. / Foto: Cuartoscuro- Graciela López Herrera

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SAT niega bloqueos masivos de cuentas bancarias

En una tarjeta informativa publicada el 17 de enero, la autoridad fiscal aclaró que no cuenta con atribuciones para ejecutar bloqueos generalizados de cuentas bancarias, ni incrementa sus fiscalizaciones “de manera arbitraria”.

El SAT tampoco realiza bloqueos inmediatos de cuentas de usuarios con supuestos incumplimientos fiscales o irregularidades en movimientos bancarios”, precisó el organismo, al subrayar que cualquier actuación debe apegarse estrictamente a lo que marca la ley.

Con ello, la institución buscó dar certeza a los contribuyentes y frenar la desinformación que ha circulado sobre presuntas nuevas facultades para congelar recursos financieros de forma automática.

¿Cuándo el SAT sí puede solicitar el congelamiento de cuentas?

Aunque el SAT no puede bloquear cuentas de manera masiva, sí puede solicitar el congelamiento de cuentas bancarias en casos específicos y bajo un procedimiento legal. Entre las situaciones en las que puede ocurrir esta medida se encuentran:

  • Sospechas fundadas de evasión fiscal o discrepancia fiscal.
  • Movimientos financieros inusuales, como depósitos o transferencias por montos elevados que no corresponden al perfil del contribuyente.
  • Adeudos fiscales en disputa que no cuentan con una garantía suficiente.

La autoridad enfatizó que estos casos no son automáticos ni arbitrarios, y requieren análisis previos y sustento legal.

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Cambios legales y combate a la evasión fiscal

La controversia sobre las supuestas nuevas atribuciones del SAT no es reciente. Desde diciembre de 2025, tras modificaciones al Código Fiscal de la Federación, el organismo desmintió que pudiera congelar cuentas bancarias o iniciar procesos penales únicamente por sospechas contra contribuyentes.

El SAT explicó que los cambios legales buscan fortalecer el combate a la evasión fiscal, así como brindar mayor certidumbre jurídica y equidad entre quienes cumplen con sus obligaciones. Una de las prioridades es el combate a las empresas factureras, consideradas un foco rojo de evasión.

Bloqueo de cuentas bancarias en México
La contradicción surgió entre tribunales que dieron fallos distintos; la SCJN unificó criterio y confirmó que el bloqueo bancario deriva de acuerdos privados y no de una facultad pública / Foto: Canva

Criterios para detectar operaciones con factureras

Para este objetivo, el SAT dio a conocer criterios que pueden derivar en auditorías o mayor vigilancia fiscal, entre ellos: simular o abusar de deducciones, realizar operaciones con empresas factureras, registrar pérdidas fiscales recurrentes, obtener ingresos no declarados, abusar de estímulos fiscales, presentar inconsistencias entre importaciones y ventas, operar con paraísos fiscales o solicitar devoluciones improcedentes.

La autoridad aclaró que las revisiones no se realizarán de forma aleatoria, sino con base en análisis de riesgos e inconsistencias detectadas.

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SAT desmiente multas por participar en “tandas”

Otro de los rumores desmentidos está relacionado con las “tandas”, una práctica común de ahorro popular. El SAT fue enfático al señalar que las tandas no son ni serán objeto de fiscalización y que no existe ningún programa destinado a auditar estos esquemas.

Finalmente, el organismo llamó a la ciudadanía a informarse únicamente a través de fuentes oficiales y a no dejarse llevar por versiones sin sustento legal que buscan generar temor.
YF