Impugnación de ‘Somos México’ podría cambiar requisito de afiliaciones duplicadas para creación de nuevos partidos
La propuesta, elaborada por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, plantea la declaración de inconstitucionalidad la invalidación de afiliaciones duplicadas
Imagen del Tribunal Electoral y de Somos México
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El criterio que aplica el Instituto Nacional Electoral (INE) para evaluar los requisitos de las organizaciones que buscan convertirse en partidos políticos nacionales podría cambiar. Esto si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelve declarar inconstitucional la regla que permite invalidar asambleas distritales o estatales una vez celebradas, cuando detecta afiliaciones duplicadas entre organizaciones o partidos políticos.
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El proyecto será discutido en los próximos días, lo cual podría modificar el criterio aplicado por el órgano electoral para evaluar los requisitos de las organizaciones que buscan convertirse en partidos políticos.
¿Por qué “Somos México” presentó la impugnación ante el TEPJF?
El caso surge a partir de la impugnación presentada por la organización Somos México, que busca obtener el registro como partido político nacional.
La acción se dio después de que el INE determinó cancelar 41 de las 246 asambleas distritales realizadas por la asociación, al considerar que no alcanzaron el quorum necesario. Esta situación se originó tras descontar registros de personas que también aparecían afiliadas en otras organizaciones o institutos políticos.
La organización argumentó que dicha medida vulnera derechos fundamentales, como la libertad de asociación y afiliación política, tanto en su dimensión individual como colectiva. Además, sostuvo que la decisión contraviene principios constitucionales como la legalidad y la supremacía de la ley.
¿Cambiarán los requisitos sobre afiliaciones duplicadas?
El proyecto del magistrado Rodríguez Mondragón pone en el centro del debate el acuerdo identificado como INE/CG2441/2024, que establece los lineamientos para verificar los requisitos de constitución de nuevos partidos.
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De acuerdo con la propuesta, resulta inconstitucional aplicar una reducción o invalidación del quorum de una asamblea después de que ésta ya fue celebrada y validada por la autoridad electoral, con base en la detección posterior de afiliaciones duplicadas.
El documento señala que el quorum certificado por funcionarios electorales en el momento de la asamblea no debe alterarse posteriormente, aun cuando se detecte que algunas personas participaron en más de una organización.
¿Cuál sería el nuevo criterio para contabilizar afiliaciones?
El proyecto no elimina la revisión de duplicidades, pero propone un cambio en la forma en que deben contabilizarse. En caso de detectarse registros repetidos, el INE únicamente deberá restar esas afiliaciones del total general de la organización, sin que ello afecte la validez del quorum alcanzado en las asambleas previamente certificadas.
Asimismo, se indica que este criterio deberá aplicarse conforme a los lineamientos ya previstos en el instructivo del propio acuerdo, particularmente en los numerales correspondientes al tratamiento de afiliaciones duplicadas.
Impacto en registro de nuevos partidos políticos
De aprobarse el proyecto, el INE no podrá aplicar la regla actualmente vigente en la fase final del proceso de verificación de requisitos de las organizaciones que buscan convertirse en partidos políticos.
Esto podría incidir directamente en la evaluación de diversas asociaciones, incluida Somos México, cuyo proceso se vio afectado por la cancelación de asambleas.
El documento precisa que la verificación concluirá con una resolución del Consejo General del INE, instancia encargada de determinar qué organizaciones cumplen con los requisitos legales para obtener el registro como partidos políticos nacionales.
La decisión del TEPJF podría sentar un precedente sobre el alcance de las facultades del INE en la revisión de afiliaciones y en la validación de asambleas constitutivas dentro del sistema electoral mexicano.