¿Qué pasará hoy con la huelga del Monte de Piedad? Día clave en la Suprema Corte para que ministros decidan si atraen el litigio
Más de 300 sucursales permanecen cerradas y los plazos de pago de contratos de empeño fueron ampliados ante la continuidad del conflicto
La SCJN analizará si atrae el litigio por la huelga del Nacional Monte de Piedad, que comenzó el 1 de octubre de 2025
/Foto: Cuartoscuro
A casi 11 meses de que comenzó la huelga en el Nacional Monte de Piedad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará este lunes si atrae el litigio relacionado con la declaratoria de inexistencia del paro laboral.
La decisión de los ministros podría definir el siguiente paso del conflicto que mantiene cerradas más de 300 sucursales en México.
Los ministros María Estela Ríos González y Hugo Aguilar Ortiz plantearon la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 502/2026, vinculada con el amparo en revisión 33/2026, mediante el cual se controvierte precisamente la declaratoria de inexistencia de la huelga.
El paro estalló el 1 de octubre de 2025, en medio de desacuerdos y presuntas violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo.
Desde entonces, el conflicto laboral ha mantenido sin operaciones a cientos de sucursales y ha generado incertidumbre entre clientes que tienen prendas empeñadas.
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¿Qué originó la huelga en el Nacional Monte de Piedad?
El origen del litigio se encuentra en la resolución que declaró inexistente la huelga. El pasado 20 de febrero de 2026, el Nacional Monte de Piedad informó que la autoridad judicial le concedió un amparo cuya sentencia determinó que el movimiento iniciado el 1 de octubre de 2025 por el Sindicato Titular del Contrato Colectivo de Trabajo era inexistente.
Sin embargo, el caso continuó su camino judicial y ahora llegó a la posibilidad de que sea revisado por la SCJN mediante el ejercicio de su facultad de atracción.
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Huelga del Nacional Monte de Piedad: ¿Qué puede pasar con la huelga si la SCJN atrae el caso?
De acuerdo con fuentes vinculadas con el caso, si la Corte decide atraer el litigio, tendrá que pronunciarse sobre la inexistencia de la huelga.
No obstante, esta determinación no resolvería por sí misma el conflicto laboral de fondo y podría prolongar el proceso durante varios meses más.
En caso de que se ratifique que la huelga es inexistente, los trabajadores tendrían que regresar de inmediato a sus labores, conforme a la resolución judicial.
Por el contrario, si la Corte rechaza la inexistencia del paro, el expediente regresaría a su punto de origen, ya sea al Tribunal correspondiente o a una nueva etapa de negociación entre las partes.
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Huelga del Nacional Monte de Piedad: El conflicto laboral mantiene cerradas más de 300 sucursales
Durante los meses que ha durado el paro, uno de los temas que ha generado preocupación es el resguardo de las prendas entregadas por los clientes como garantía de los préstamos.
Aldo Torres, subdirector de relaciones institucionales del Nacional Monte de Piedad, aseguró cuando la huelga cumplió seis meses que las prendas de los mexicanos estaban a salvo, aunque reconoció que el impacto económico y reputacional para la institución ya era considerable.
El directivo señaló entonces que la huelga continuaba debido a la negativa de la cúpula sindical de aceptar un proceso directo, transparente y equitativo para la ocupación de plazas, el cual, según explicó, se realizó conforme a la Ley Federal del Trabajo y al contrato colectivo.
“Aparentemente quieren mantener la cúpula sindical el control sobre la asignación de plazas”, enfatizó.
La institución, cuyo CEO es José Antonio Murillo Garza, quien asumió el cargo el 1 de junio de 2026, también ha planteado como objetivos conservar la confianza de sus clientes, apoyar a sus trabajadores para reducir las afectaciones provocadas por la huelga y mantener el llamado a la representación sindical para encontrar una solución definitiva al conflicto.
Mientras el litigio continúa, el Nacional Monte de Piedad extendió oficialmente hace un mes los plazos de pago para miles de contratos de empeño cuyo vencimiento estaba previsto para agosto de 2026.
También retrasó el inicio de las almonedas o remates, con meses adicionales para que los clientes pudieran regularizar sus contratos.
No obstante, los intereses ordinarios continúan acumulándose de acuerdo con las condiciones establecidas en cada contrato.
La resolución que tome la Suprema Corte será, por tanto, un nuevo punto decisivo en un conflicto que comenzó en octubre de 2025 y que todavía mantiene en disputa la situación jurídica de la huelga, mientras trabajadores, institución y clientes esperan que se defina el siguiente paso del proceso.
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