El diluido INAI

25 de Abril de 2024

María Idalia Gómez
María Idalia Gómez

El diluido INAI

maria idalia gomez

La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó lo que era evidente desde el año pasado. No está dispuesta a trasparentar el expediente del caso Ayotzinapa y por eso dejó de hacer públicos los tomos de la averiguación previa.

La justificación, que dista mucho de ser argumento, es que es una investigación en curso y revelar los nuevos legajos que integran el expediente podría ponerla en riesgo. Esto se dice siempre, sea un caso que ocurrió hace un año o que sucedió hace 20, no importa, la Fiscalía General, como las locales, simplemente no les gusta la transparencia.

El problema no es que la FGR se resista a este ejercicio que le es obligado, sino que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se lo permita, y con ello le tolere que viole la ley.

Resulta que en 2015 la entonces Procuraduría General de la República determinó hacer público ese expediente por tener el estatus de un caso de violaciones graves a derechos humanos, el INAI se pronunció en ese sentido, y fue entonces que cualquier ciudadano podía revisar cada uno de los tomos. Un hecho que los actuales funcionarios aplaudieron desde otra trinchera.

La averiguación previa se fue actualizando más lentamente con el último titular de la PGR, Alberto Elías Beltrán, y que terminó por “olvidarse” con Alejandro Gertz Manero.

La Ley General de Transparencia es muy clara, en el artículo 5, “no podrá́ clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”.

Y añade el mismo artículo: “Ninguna persona será́ objeto de inquisición judicial o administrativa con el objeto del ejercicio del derecho de acceso a la información, ni se podrá́ restringir este derecho por vías o medios directos e indirectos”.

Esa misma ley, que viola flagrantemente la Fiscalía dice, en sus artículos 113 y 115, específicamente, insiste en que no puede determinarse como información reservada, como lo hizo formalmente hace unos días.

Por suerte la norma plantea, en su artículo 206 y 208 castigos para los servidores públicos que hagan lo que pretende consumar la autoridad, planteando sanciones desde administrativas hasta denuncias penales.

La legislación allí está, pero el INAI no está para aplicarla. Resulta que siendo el órgano garante, son los particulares los que, al advertir que la Fiscalía no está cumpliendo con su obligación de transparencia, deben solicitarle a la FGR que haga públicos los legajos, y que agotando todo el tiempo responda la institución que no es posible y declara en reserva los documentos.

Luego los particulares deben recurrir este fallo para que entonces el Instituto tome conocimiento, de algo que debió estar vigilante, y hasta entonces se pronuncie.

Es decir, los ciudadanos que de sus impuestos pagan toda la gran estructura del INAI, incluyendo los muy buenos salarios de los comisionados con prestaciones incluidas, deben ser los que se mantengan vigilantes, todo el tiempo, de que los derechos conquistados no se pierdan, porque el Instituto, tal parece, se ha diluido en estos deberes fundamentales. Y ojo, el caso Ayotzinapa no es cualquiera.

El INAI debe ser una sólida barrera para la sociedad, que la defienda, pero sobre todo, que vigile e impida que la autoridad se burle de la transparencia.