Obligar a llevar pelo corto a estudiantes es inconstitucional
El corte del cabello no interfiere en el proceso de aprendizaje, según el juez
Un juez determinó inconstitucional el reglamento escolar de un colegio en Chihuahua, que impone al alumnado masculino el “corte de pelo natural oscuro”, al considerar que violenta a la población varonil en el ejercicio de sus derechos de acceso a la educación y libre desarrollo de la personalidad.
Lo anterior, lo determinó un juez luego de que autoridades educativas de una secundaria negaran el ingreso a clases a un estudiante por la falta de corte de cabello.
Como respuesta, el padre del menor promovió una demanda de amparo por considerar que se discriminaba a su hijo a partir de patrones estéticos.
La sentencia puntualiza la facultad que tiene cada persona para elegir su plan de vida y actuar conforme a sus ideales sin atender a un modelo de virtud o fin perfeccionista; el único límite es la no afectación de derechos de
otros.
Las autoridades no justificaron porqué el alumnado masculino debe portar cierto tipo de corte de cabello y la relación o impacto que tiene en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
Finalmente el juez consideró que las autoridades educativas no garantizaron los derechos humanos del estudiante ni velaron por el
interés superior del menor.
MM