La ONU y el derecho al medio ambiente

13 de Mayo de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

La ONU y el derecho al medio ambiente

juan antonio leclercq

El pasado 28 de julio la Asamblea General de las Naciones Unidas, con 161 votos a favor y 8 en contra, aprobó el reconocimiento del derecho al medio ambiente limpio y saludable como un derecho humano universal que debe ser protegido por los miembros de la comunidad internacional.

Esta decisión tiene como antecedente directo la aprobación reciente de una resolución por el Consejo de Derechos Humanos, en la que se reconoce “el derecho a un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible como un derecho humano importante para el disfrute de los derechos humanos”. Esa misma resolución destaca la relación del derecho al medio ambiente con la protección efectiva de otros derechos y se llama a los Estados a generar las capacidades y políticas necesarias para su implementación y a intercambiar buenas prácticas para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

La aprobación por parte de la Asamblea General fue reconocida por agencias de las Naciones Unidas, gobiernos, organizaciones sociales, activistas y especialistas en materia ambiental, como una decisión histórica y como un paso fundamental para enfrentar la crisis ambiental global y garantizar un disfrute más pleno de los derechos humanos.

Por supuesto que hay razones para celebrar, a pesar de que la decisión no es jurídicamente vinculante y, por lo mismo, que corresponde a cada nación actuar en consecuencia. El reconocimiento del derecho a un medio ambiente limpio y sano representa una oportunidad para generar reformas legales a nivel nacional y mecanismos de cooperación más ambiciosas para contener la degradación ambiental y proteger a las especies ecosistemas amenazados. De igual forma, ante el incremento de ataques a activistas y protectores ambientales, el reconocimiento internacional del derecho al medio ambiente abre la puerta al desarrollo de mecanismos de protección de las víctimas y persecución de los perpetradores de crímenes ambientales. Hasta aquí todo suena bien.

La cuestión de fondo es si los gobiernos nacionales, incapaces de cumplir sus compromisos para mitigar el cambio climático, transferir recursos para impulsar una transición sustentable e impulsar una adaptación efectiva ante los efectos inevitables derivados del aumento en la temperatura global, estarán dispuestos a poner recursos sobre la mesa, crear las capacidades institucionales requeridas y, sobre todo, a regular las actividades económicas extractivas, altamente contaminantes o que contribuyen significativamente a la degradación ambiental.

Queda claro que la comunidad internacional tiene capacidad para generar tratados llenos de buenas intenciones, organizar infinidad de cumbres con temática ambiental o llenarse la boca con declaraciones edificantes sobre la importancia de proteger el medio ambiente, el problema es que por lo general no se traduce en las acciones urgentes y ambiciosas indispensables para actuar con efectividad y justicia ante la magnitud de la crisis ambiental y climática. Lo que necesitamos son compromisos nacionales más serios para alcanzar resultados medibles, verificables y reportables.

El caso mexicano resulta paradigmático en el sentido que más reconocimiento de derechos formales no significa mejor protección del medio ambiente y mayor disfrute de derechos humanos. Desde 2012 el derecho al medio ambiente sano se integró al artículo 4º constitucional y, a pesar de ello, desde entonces se han reducido continua y sistemáticamente los presupuestos federales y estatales dirigidos al sector ambiental. En el mismo periodo se han agudizado los efectos de la degradación ambiental, se visibilizaron los impactos del cambio climático y han aumentado los ataques en contra de activistas, defensores ambientales y comunidades que intentan proteger sus recursos naturales. No es posible proteger ecosistemas y garantizar derechos cuando en los hechos las instituciones del Estado han reducido su personal especializado y su capacidad de acción. Debemos entender que sin recursos presupuestales no es posible generar capacidades institucionales, implementar políticas públicas efectivas o procurar justicia ambiental. Sin recursos suficientes, los derechos reconocidos se quedan, se han quedado, en puro blablablá político.

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