Revés a reforma eléctrica evitó sanciones a México: SCJN

16 de Mayo de 2024

Revés a reforma eléctrica evitó sanciones a México: SCJN

Segunda Sala SCJN

La declaratoria de inconstitucional que resolvió la Segunda Sala a las reformas de la Ley de la Industria Eléctrica evitó una condena económica a México.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar la inconstitucional de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), evitó que México fuera sancionado en materia energética en el marco del T-MEC.

Así lo señaló el máximo tribunal del país, respecto a la resolución de la Segunda Sala de la Corte del pasado 31 en la que por mayoría de votos otorgó un amparo a empresas que impugnaron las reformas a LIE, al señalar que transgreden los principios de competencia y libre concurrencia en el mercado de generación de energía eléctrica.

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“Una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del TMEC, contra México por la política del Gobierno en el sector”, señaló la Suprema Corte.

Lo anterior, subrayó el Alto Tribunal a través de una tarjeta informativa, implicó que la declaratoria de inconstitucionalidad de las reformas a la LIE dejó “sin materia” las consultas del Panel de Energía que formularon esos países en julio de 2022.

Con lo cual “se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”. Toda vez que el amparo otorgado a las empresas quejosas generó un precedente para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista.

En ese sentido, la secretaria de Economía, Raquel Buenrostro refirió que la determinación de la Corte dejó sin efecto la controversia comercial generada por la preocupación de Estados Unidos y Canadá por el impacto de las reformas aprobadas en 2021.

“Había una preocupación por la ley del 2021, de la Industria Eléctrica, entonces, no se estaba aplicando porque había un amparo, entonces, jurídicamente no la podíamos aplicar, entonces eso desechaba la presunción, automáticamente con los amparos y, recientemente, la Suprema Corte la derogó”.

El voto decisivo con el que a finales de enero se declaró la inconstitucionalidad de estas reformas lo otorgó el ministro Alberto Pérez Dayán, presidente de la Segunda Sala, en contra de quien ayer la diputada de Morena, Aleida Alavez Ruiz presentó una solicitud de juicio político, precisamente por haber determinado la inconstitucionalidad de las reformas a la LIE. JND

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