SCJN ampara a detenido por posesión de máquinas tragamonedas

5 de Febrero de 2026

SCJN ampara a detenido por posesión de máquinas tragamonedas

La SCJN consideró que la Ley Federal de Juegos y Sorteos no especifica qué actividades están prohibidas y qué pena se debe aplicar a quienes las lleven a cabo

Máquinas tragamonedas

Máquinas tragamonedas

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Diego Simón Sánchez/Diego Simón Sánchez

MÉXICO, D.F., 04JULIO2014.- La Secretaría de Gobernación (Segob) inició una campaña por todo el país para erradicar y destruir todas las máquinas tragamonedas que han sido instaladas ilegalmente, ya que afirma, representan una fuente de corrupción de menores y su uso genera una adicción que abre las puertas a la delincuencia. FOTO: DIEGO SIMÓN SÁNCHEZ /CUARTOSCURO.COM
FOTO: DIEGO SIMÓN SÁNCHEZ /CUARTOSCURO.COM

Po falta de claridad en la Ley Federal de Juegos y Sorteos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización de máquinas tragamonedas clandestinas, y otorgó un amparo a una persona quien fue detenida en posesión de estos aparatos en 2017.

Los magistrados consideraron que la ley no establece con precisión las actividades que están prohibidas y que por este motivo deben conducir a una sanción penal.

Refirieron que la Ley Federal de Juegos y Sorteos plantea, en sus artículos 1 y 2, los juegos que se encuentran prohibidos y aquellos que no.

En ese sentido, el artículo 1 señala que “quedan prohibidos en todo el territorio nacional, en los términos de esta Ley, los juegos de azar y los juegos con apuestas”.

Mientras que el artículo 2 refiere que “Sólo podrán permitirse: El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes”.

Es por ello que se determinó otorgar un amparo a una persona, quien fue acusada en 2017 de violentar el artículo 12 de esta ley, que versa sobre la pena de tres meses y hasta tres años y multa de 510 mil pesos a administradores o encargados de loterías o sorteos que no cuenten con una autorización legal. CJG