SCJN avala reducción de magistrados del tribunal electoral de Tamaulipas

19 de Diciembre de 2025

SCJN avala reducción de magistrados del tribunal electoral de Tamaulipas

La Corte dio lugar a que a la disminución de cinco a tres magistrados tras impugnación por los partidos políticos del Trabajo, Morena y Fuerza por México.

pregunta revocación

CIUDAD DE MÉXICO, 02AGOSTO2021.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el segundo periodo de sesiones del año, entre los temas que se discutirán, están la reforma al poder judicial en la que se incluye la extensión de la gestión del ministro presidente, Arturo Zaldívar. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

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SCJN/SCJN

Foto: Cuartoscuro

Avaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la reducción de magistrados en el tribunal electoral de Tamaulipas.

La Corte dio lugar a que a la disminución de cinco a tres magistrados tras haber sido impugnada por los partidos políticos del Trabajo, Morena y Fuerza por México.

La mayoría del Pleno aprobó el proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat a pesar de que se advirtió que la disposición se emitió violando el periodo de veda electoral; y que sí tuvo impacto directo en el proceso de 2020.

El fallo aprobado sostiene que la Constitución da facultades a los congresos estatales para fijar el número de magistrados de sus tribunales electorales locales.

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SCJN invalida duración de magistrados

Por otro lado, la SCJN, al analizar las impugnaciones a la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, invalidó la normativa del artículo transitorio segundo del decreto que limita la duración del cargo de un magistrado.

La reforma publicado el 27 de octubre de 2020, establecía: “En caso de que el Senado de la República emita una nueva convocatoria (…) para sustituir a los Magistrados que terminan su encargo en noviembre de 2020, será únicamente para que los designados duren en su encargo hasta la entrada en vigor del presente decreto”.

Al respecto, el Pleno determinó que si bien el Congreso de Tamaulipas es competente para determinar el número de magistrados del Tribunal Electoral local; lo cierto es que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no faculta a las entidades federativas para determinar la duración en el encargo.

Por lo que el decreto impugnado, al establecer un régimen transitorio que otorga a las dos magistraturas electas en el año 2020 una duración en el encargo únicamente por el tiempo que dure el proceso electoral 2020-2021. DJ

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