SCLN ratifica reducción de tiempos del INE en medios

2 de Marzo de 2026

SCLN ratifica reducción de tiempos del INE en medios

De forma unánime y en un lapso de 20 minutos los ministros resolvieron mantener el decreto presidencial que reduce los tiempos fiscales del INE en tiempos no electorales

SCLN tiempos del INE
Foto: INE

Las facultades constitucionales del Instituto Nacional Electoral (INE) no son violentadas con el decreto presidencial que reduce sus tiempos fiscales en radio y televisión durante tiempos no electorales, resolvió este día la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Fue de forma unánime que los integrantes del Pleno de la Corte aprobaron el proyecto presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo.

Se aseveró que el decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril de 2020, no atenta contra la facultad constitucional del INE, ya que la diminución de tiempo aplica solo en periodos no electorales.

En este sentido, se refirió que el artículo 41 constitucional contempla que el órgano electoral es el único facultado para administrar sus tiempos fiscales para información electoral y propaganda de los partidos políticos, pero solo en los tiempos electorales.

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Los ministros también desecharon el argumento del órgano electoral de que se violenta su “derecho a la información y libertad de expresión”.

De esta forma, los ministros desecharon decretar la invalidez del decreto presidencial, como lo solicitó el INE.

Cabe señalar que el decreto también contempla la disminución de los tiempos oficiales que el gobierno federal tiene para dar difusión a sus actividades. GA

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