Tabasco: Morena y PT se quedan sin abanderados a diputaciones locales y a ediles

14 de Mayo de 2024

Tabasco: Morena y PT se quedan sin abanderados a diputaciones locales y a ediles

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El PES no quiere una alianza total con los dos partidos; IEPCT reconocen que impresión de boletas electorales se pueden retrasar

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó las candidaturas comunes de Morena-Partido del Trabajo (PT) para presidencias municipales y diputaciones locales. El tribunal electoral determinó que tanto el Tribunal Electoral de Tabasco como el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco validaron indebidamente el registro CE/2018/29 y CE/2018/31 de convenio de candidaturas comunes de ambos partidos que, en realidad, constituía una coalición porque se postulan más de 25% de abanderados en un mismo proceso electoral. La resolución genera “en estado de incertidumbre” debido a que el máximo tribunal electoral no menciona si los candidatos comunes de Morena-PT deben parar campañas hasta que repongan el procedimiento en un plazo de 10 días, indicó el secretario ejecutivo del IEPCT, Roberto Félix López, además de que se complica la impresión de boletas electorales fijada para el lunes 28. La Primera Sala electoral determinó que asiste la razón al PRD cuando afirma que una coalición y una candidatura común no pueden ser registradas bajo la misma denominación en una misma contienda electoral, pues con ello se generaría incertidumbre y dificultad para que la ciudadanía identifique con facilidad qué partidos integran cada una de ellas, particularmente si las conforman algunos de los mismos institutos políticos. En consecuencia, modificó la sentencia impugnada por el PRD y dejó sin efectos los acuerdos por los que el IEPCT aprobó el registro de candidaturas comunes para la elección de diputaciones y ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, así como las postulaciones respectivas. La sentencia otorga a Morena y PT un plazo de 10 días para cumplir con las reglas previstas en la legislación local y las establecidas en la sentencia, y aportar al IEPCT la documentación necesaria para el registro correspondiente. El secretario ejecutivo del IEPCT, Roberto Félix, explicó que Morena y PT postularon candidatos comunes para 16 de 17 presidencias municipales de la entidad, así como en 20 de 21 distritos para diputaciones locales.

Reconocen que impresión de boletas electorales se pueden retrasar

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) señaló que el resolutivo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEJPF) sobre las candidaturas comunes entre Morena y el Partido del Trabajo (PT), puede retrasar la impresión de boletas electorales. El secretario Ejecutivo del organismo, Roberto Félix López, indicó que el fallo los metió en un predicamento, y por ello tendrán que hablar con los partidos involucrados para que no se lleven los 10 días de plazo marcados por el tribunal. En entrevista, comentó que esperan se aligere el procedimiento que tengan que hacer los partidos sobre los candidatos a presidentes municipales y diputaciones locales, para tener definidos los nombres que aparecerán en las boletas.

Por su parte, el representante de Morena ante el IEPCT, Mario Llergo, expuso que la sentencia implica que tendrán que buscar al Partido Encuentro Social (PES), con quien van en coalición para la gubernatura, a fin de conformar una coalición total junto con el PT para el resto de las candidaturas.

PES no quiere ir con Morena y PT en alianza total

En tanto, el dirigente estatal del PES, Jorge Broca Morales, apuntó que no negociarán la inclusión de una coalición con los otros partidos, pues tienen posibilidades de ganar con candidatos propios. Consideró que tanto Morena como el PT pueden registrar de nuevo candidaturas comunes, pero sin rebasar el 25 por ciento marcado en la ley. En tanto, el representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Javier López Cruz, que interpuso la queja ante los órganos jurisdiccionales, consideró que se debe frenar las campañas de todos los candidatos a alcaldías y diputaciones de los partidos que refiere la sentencia. La víspera, la Sala Superior del TEPJF invalidó las candidaturas comunes porque rebasaban el 25 por ciento y ello constituía una coalición, ésto violó el principio de uniformidad al permitir la existencia de coaliciones distintas en un mismo proceso. “Tomando en cuenta que el supuesto convenio de candidatura común, se integra por dos de los tres partidos que suscribieron un convenio de coalición a la gubernatura”, apuntó. RB

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